La fiscalía había pedido que se le aplique el delito de agresión sexual que prevé una pena de 11 años de prisión. Sin embargo, la audiencia lo condenó a dos años de cárcel y a indemnizar a la víctima, una joven, con 6.000 euros.
Para fundar su desición, el tribunal entendió que el 11 de diciembre de 1999 el acusado se encontró con la víctima a la salida de un boliche. Al retirarse del lugar, introdujo a la joven en su coche, lugar de la violación, "sin que ella opusiese resistencia alguna y entrando ella por su propio pie", y añade que el agresor "sin proferir amenaza o intimidación, le quitó la ropa y la violó, a pesar de la negativa de ella".
Sin embargo, no se puede aplicar el delito de agresión sexual, dijo la Justicia, porque piensa que el autor no utilizó violencia ni intimidación sobre la víctima.