El Poder Ejecutivo acaba de promulgar la ley que establece la posibilidad de excluir de la competencia de la justicia federal, a la tenencia de estupefacientes para consumo personal. La norma había sido impulsada por el gobernador bonaerense, Felipe Solá.
El artículo 1 de la Ley 26.052, sancionada por el Congreso Nacional el 27 de julio de este año, incorpora como último párrafo del artículo 5º de la Ley 23.737 el siguiente: “En el caso del inciso e) del presente artículo, cuando la entrega, suministro o facilitación fuere ocasional y a título gratuito y por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívocamente que es para uso personal de quien lo recepta, la pena será de seis (6) meses a tres (3) años de prisión y, si correspondiere, serán aplicables los artículos 17, 18 y 21”.
Las modificaciones introducidas a la ley de drogas, en su artículo 34, determinan que los delitos previstos y penados por dicha ley serán de competencia de la Justicia Federal en todo el país, excepto para aquellas provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que, mediante ley de adhesión, opten por asumir su competencia en las condiciones y con los alcances que se prevén a continuación.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, “conocerá la Justicia Federal cuando la causa tuviere conexidad subjetiva con otra sustanciada en dicho fuero”. Pero el artículo 4 reafirma que en caso de duda sobre la competencia “prevalecerá la Justicia Federal”.
A los efectos de la nueva ley, se establece además un sistema de transferencias proporcionales a las jurisdicciones (provinciales o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) que adhieran, y que así lo requieran, de los créditos presupuestarios de la Administración Pública Nacional, Ministerio Público y Poder Judicial de la Nación correspondientes a fuerzas de seguridad, servicio penitenciario y prestación de justicia con el objeto de garantizar la ejecución de la norma.
Por otra parte, los bienes decomisados o el producido de la venta, al igual que lo recaudado por las multas, por aplicación de esta ley se destinarán a la lucha contra el tráfico ilegal de estupefacientes, su prevención y la rehabilitación de los afectados por el consumo.
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