04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Telefónicas sonadas

La juez federal subrogante de Formosa le requirió a Telecom, C.T.I. Compañía de Teléfonos del Interior S.A. y Telefónica Comunicaciones Personales S.A., que informen sobre los motivos que generan que el servicio sea deficiente y las intimó a que sea restablecido. Un informe lo calificó como pésimo o inexistente. La magistrada entendió que por las irregularidades están comprometidas normas constitucionales. FALLO COMPLETO

 
Lo resolvió Liliana González Costa, en autos caratulados "Defensor del pueblo de la provincia de Formosa s/amparo expediente 415/2005", que hizo lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada y le requirió a cuatro empresas de telefonía celular que informen las razones por las cuales el servicio que prestan es deficiente y las intimó a que el mismo sea reestablecido.

Las compañías demandadas son Telecom Personal S.A., C.T.I. Compañía de Teléfonos del Interior S.A. y Telefónica Comunicaciones Personales S.A. (Unifón - Movicom – Movistar). En el caso que continúen las irregularidades, la juez González Costa estableció que “se fijará a favor de la totalidad de los usuarios de las localidades afectadas de la provincia de Formosa y a cargo de cada compañía demandada una compensación general por fallas e indisponibilidad del servicio consistente en la acreditación extra de un plus de crédito equivalente al cincuenta por ciento (50%) del consumo de cada usuario”.

La medida cautelar fue presentada por el Defensor del Pueblo de Formosa “para actuar en tutela de intereses de incidencia colectiva”. “Debo extender el alcance de la tuitiva solicitada a aquellos usuarios que se ven materialmente impedidos de concretar reclamos administrativos y/o judiciales por variadas circunstancias, lo que podría devenir en la grave indefensión de usuarios, consumidores y administrados” explicó la juez.

Para fundar su decisión la magistrada analizó un informe elaborado en agosto por la Dirección de Comunicaciones de la Policía de la provincia de Formosa donde califica como “pésimo o inexistente” el estado de los servicios de telefonía celular en Formosa a raíz de problemas que tienen los usuarios, tales como dificultad para hacer o recibir llamadas, interrupciones en la comunicación, demoras en envío y recepción de mensajes de texto, problemas en acreditación y consultas de saldos, problemas en acceso a números de emergencia, entre otros.

Otro estudio, realizado en la mayoría de las localidades de la provincia, da cuenta que el estado del servicio de telefonía celular es “deficiente, malo, sin cobertura o regular”.

“Que en el enunciado contexto, entiendo que a tenor de las pruebas obrantes en la carpeta señalada considero fundamental requerir a las empresas demandadas que informen a esta Magistratura las razones de la deficiencia en la prestación del servicio en las diferentes localidades de la provincia de Formosa e intimar al restablecimiento inmediato del servicio” afirmó la juez.

La magistrada entendió que “la demora y el interés jurídico del peticionante abarcativo de los millones de usuarios afectados, lo encuentro acreditado con la documentación aportada” y que están “comprometidas normas constitucionales tales como: el derecho a la salud, al trabajo y demás derechos y garantías patrimoniales y extrapatrimoniales establecidos por nuestra Carta Magna y Pactos Internacionales.

La juez González Costa también le requirió a las empresas demandadas que “informen con especial referencia las circunstancias que imposibilitan el acceso a la señal o red de comunicación celular de los usuarios del Departamento Ramón Lista”.



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