La decisión fue tomada por los jueces de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Galicia, España, que confirmaron la sentencia de primera instancia y rechazaron la apelación de la defensa que alegaba que el hombre no se negó a hacer el test sino que había perdido las capacidades físicas para hacerlo.
Sin embargo, los jueces de la Audiencia recordaron que en primera instancia el acusado declaró que sabía lo que hacía.
Los hechos ocurrieron en la madrugada del 6 de septiembre de 2001 cuando el acusado de 40 años conducía interrumpiendo el carril contrario de la calle por la que circulaba.
Al ser detenido por la policía, los agentes observaron que tenía olor a alcohol, los ojos brillantes, tartamudeaba, cometía torpezas y era grosero. Por esto la policía le pidió realizarse un test de alcoholemia pero se negó, aunque le advirtieron que su negativa configuraba un delito de desobediencia. El relato de los agentes fue considerado en el juicio.