Actualmente en Latinoamérica los poderes del estado encargados de impartir justicia parecen estar avanzando hacia nuevas definiciones de respuestas que tienden a reconocer y recorrer caminos comunicantes que se vinculan con movimientos participativos generadores de respuestas.
En ... los sistemas sociales con mucha comunicación interna obtendríamos más información sobre la gente que nos rodea. Entre gente desconocida, las instituciones y los funcionarios oficiales se convierten en la única alternativa de control .”(Nils Christie, Una sensata cantidad de delito, Capitulo 1: El delito no existe.2003).
Los actos al parecer no son se construyen; la gente no es, se hace. Una amplia red social con lazos en todas direcciones crea por lo menos una certeza sobre que es el delito, sobre quienes son delincuentes, sobre quienes son las víctimas.
Son conocidos los alarmantes índices delictuales, que dan cuenta del descenso de calidad de vida y la baja tasa de resolución judicial, lo que instala un sentimiento de impunidad con respuestas inciertas frente al delito que se decodifican en , por ejemplo de un universo de 135.852 causas penales que ingresaron en la justicia ordinaria de capital federal, Argentina iniciadas en el año 2000, el sistema resolvió un 9 %, archivo el 71 por ciento de las causas, y mantiene en tramite el resto.
De estos datos, surge como necesario se restablezca la validez de una regla elemental de respuestas, que generen conciencia de que efectivamente existe un orden aunque esa respuesta no sea necesariamente la pena impuesta por el sistema penal.
Observamos, en Latinoamérica; que desde hace unos años aparecen en la sociedades movimientos populares , movimientos de los llamados sin tierra, auto convocados, grupos de foristas, juntas vecinales, movimientos de victimas , de minorías, de grupos vulnerables, movimientos religiosos; que dan cuenta de la necesidad de registro de su reclamo. En contraposición de su cada vez más visible presencia, no se observa por parte del estado una estrategia fuerte de respuesta.
Sin embargo, en diferentes latitudes estos movimientos han sido la base del surgimiento de movimientos restaurativos con base comunitaria y popular. Gente común que se compromete con otros para controlar de manera colectiva sus vidas. Con una estrategia que incluye niveles de participación de abajo hacia arriba.
Nuestra propuesta es la coexistencia de la justicia restaurativa o Restauradora, junto a la justicia ordinario o penal común, para que de a poco y con una visión restauradora se inicien caminos diferentes, procesos donde las partes al sufrir algún tipo de delito resuelven, colectivamente, cómo abordar las consecuencias del delito y sus implicaciones para el futuro.
Los programas de Justicia Restauradora habilitan a la víctima, al infractor y a losmiembros afectados de la comunidad para que estén directamente involucrados junto al Estado- en dar una respuesta frente delito.
Hay más de 300 programas en Norteamérica, y más de 500 en Europa. Las investigaciones en tales programas han demostrado un mejoramiento de la relación víctima-ofensor, una reducción del miedo o temor de la víctima, unamayor probabilidad de cumplimiento del acuerdo de parte del infractor.En nuestro país de la mano de los modificaciones a los códigos procesales penales, y la instalación del sistema penal acusatorio y los criterios de oportunidad, comenzó en diferentes provincias como Buenos Aires, Mendoza, Chaco, Neuquen, Río negro un cambio fundamental en la clave de intervención ante un asunto penal judicializado lo que implicó reformulaciones, mutaciones y nuevos roles.
Englobando las diferentes experiencias latinoamericanas y particularmente en nuestro país, vemos que la Mediación penal, se da :
La justicia restaurativa es una forma mas humana y participativa de tratar con el delito y no posee efectos inapropiados, por ello observamos al menos en Argentina la incipiente y sostenida complementariedad con el sistema de respuestas de la justicia ordinaria, la que por ahora ingresa por la vía de “lo alternativo”, observándolo como un camino de EVOLUCION, un proceso necesario para la concientizacion y comprensión de los operadores del sistema, de cada uno de los ciudadanos y la comunidad en su conjunto.
Sin embargo, vemos algunos elementos contextuales que son de indispensable existencia al momento de procurar una legislación especifica de mediación penal, como son la existencia de:
En ese sentido y en el marco del Seminario “Construyendo la Justicia Restauradora para América Latina”, organizado por el PNUD y la Confraternidad Carcelaria Internacional, en el pasado mes de septiembre, en Santo Domingo de Heredia, se emitió la Declaración de Costa Rica; en la cuál hemos tenido el enorme desafío de co construir, junto a especialistas de Colombia, Ecuador, México, Brasil, Costa Rica, Chile, Bolivia, Brasil, entre otros.
En la declaración se recomiendan, pautas fundantes para la Justicia Restaurativa en América Latina, y estrategias para la implementación de sus programas, tales como: