Lo resolvió la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en autos “Moreno, Anadino c./Ape, Daniel Alberto y otros s./daños y perjuicios” a raíz del recurso interpuesto por el actor contra la sentencia dictada por el juez de primera instancia que rechazó, con costas, la demanda promovida por su propio derecho y en representación de su hijo menor Adolfo Darío Moreno, contra Daniel Alberto Ape y Omar Segundo Coronel.
El actor reclama la indemnización derivada del accidente de tránsito ocurrido el 4 de marzo de 2000, día en que él y su hijo pequeño de 9 años fueron embestidos por un automóvil Renault 19, que conducía el codemandado Ape, en la intersección de calle Guido con Avenida Rolón, de la localidad de Béccar (San Isidro), en momentos en que cruzaban dicha intersección, y a raíz de lo cual sufrieron diversas lesiones.
Según consta en el expediente, no está discutido que Moreno y su hijo fueron embestidos por el automóvil que guiaba Ape, cuando intentaron trasponer la Avenida Rolón. Pero se discrepa en cuanto a las circunstancias en que ambos emprendieron el cruce.
Moreno sostuvo que él y su hijo fueron atropellados mientras cruzaban por la senda peatonal con la luz del semáforo que habilitaba el paso de los peatones. Sin embargo, la aseguradora, citada en garantía, afirmó que en realidad Moreno y su hijo corrían por la avenida, de tránsito denso y riesgoso,
intentando subirse a un colectivo, en momentos en que el semáforo se hallaba en rojo para el peatón y habilitaba el paso de los automóviles que circulaban por Avenida Rolón.
A pesar del horario del accidente, el único elemento de juicio relevante es la declaración del testigo presencial del hecho, Carlos Alberto Paz, que fue identificado por el personal policial y refirió en esa oportunidad que “se encontraba a unos treinta metros del accidente observando que el masculino junto con su hijo cruzaban apurados la Avenida Rolón en sentido oeste-este mientras que el semáforo se encontraba en verde”.
El testigo añadió que “el rodado Renault 19 color gris claro venía circulando por la Avenida Rolón en dirección sur hacia el norte a velocidad normal, no pudiendo precisar la misma, pero venía a la misma velocidad que el resto de los automotores que circulaban por la zona”.
Además, el testigo contó que “el hombre pegó con la cabeza contra el parabrisas y salió despedido para el cordón de la vereda” y que el conductor del rodado “se bajó enseguida a ver qué había pasado y ayudó a la víctima”. Con lo cual quedó demostrado que la maniobra imprudente fue del peatón, ya que el mismo salió corriendo de atrás de un camión cuando no tenía la luz para cruzar, y que si bien el conductor del rodado frenó bruscamente no pudo evitar embestirlo”.
“La credibilidad de este único testigo no puede ser objetada pues es alguien extraño a las partes, que circunstancialmente se hallaba en el lugar y que refirió lo visto y oído por él momentos después del accidente”, sostuvo el tribunal.
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