18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024

Satisfacción israelí por la investigación en la causa de la Embajada

El vicecanciller israelí y su embajador en Argentina visitaron la Corte, que les informó sobre el trámite de las investigaciones, que estarían prácticamente concluidas aunque faltan algunas diligencias.

 
Tanto el viceministro de Relaciones Exteriores de Israel, Rabino Michael Melchior, como el embajador de ese país en la Argentina, Benjamín Orón, habrían quedado “encantados” y “absolutamente conformes” luego de la visita que realizaron hoy a la Corte Suprema para tomar conocimiento del curso de las investigaciones que se llevan a cabo en el Alto Tribunal respecto del atentado a la embajada, el 17 de marzo de 1992.

Según trascendió de altas fuentes de la Corte, el presidente Julio Nazareno junto a Eduardo Moliné O´Connor y Guillermo López habrían descripto el estado de la investigación, que estaría llegando a su final en lo inminente, estando ya cerrada la materialidad de los hechos y existiendo una orden de captura sobre Imad Moughniyeh, un ciudadano libanés que tiene pedido de captura internacional de Argentina desde 1999 y también de Estados Unidos, y quien se supone es responsable de las operaciones externas de la Jihad Islámica, el brazo armado que utiliza Hezbollah, que ahora tiene en el Líbano entidad de partido político.

Ese cambio de status, de mera organización terrorista a partido político acompañado de un verdadero ejército internacional, es el que marcó las diferencias básicas en el modus operandi utilizado entre los atentados a la embajada de Israel (1992) y la AMIA (1994). Precisamente, en el primero de los casos, Hezbollah actuaba sin una conexión local, al menos no demasiado compleja. Mientras que ya en 1994, las formas comenzaron a cuidarse un poco más, y fue allí cuando se comenzó a operar a través de ciertos personajes que oficiaban de nexo.

Moughniyeh, el nombre que llevará la Corte como principal culpable –con el aval de los servicios de inteligencia de Estados Unidos-, habría tenido residencia en Beirut, en Teherán (Irán) y también en Afganistán, donde habría convivido con Osama Bin Laden, según el gobierno de George Bush, el principal sospechoso en el marco del ataque contra las Torres Gemelas y el Pentágono el pasado 11 de septiembre. A pesar de que ya es un hombre buscado por Estados Unidos, la semana pasada el FBI libró una nueva orden de captura para que Moughniyeh sea localizado por Interpol.

La posibilidad de que pronto la Corte decida dictar una sentencia en la causa por el atentado contra la embajada depende esencialmente de tres factores. El primero, si sigue intensificándose la colaboración de los servicios de inteligencia internacionales, mucho más activos desde hace un mes por razones obvias; el segundo, si algunas líneas investigativas nuevas que se están manejando en la Secretaría Especial del Alto Tribunal tienen un resultado favorable.

Ambas están íntimamente relacionadas. Sin embargo, es posible que el tercer factor sea el que defina finalmente la cuestión, y es la decisión política de los ministros de la Corte, según lo explicaron entendidos en el tema que pasan gran parte de las horas del día en el cuarto piso de Talcahuano 550.

Temas relacionados:
Atentados: Expectativa en la Corte y en el Ejecutivo 21/9/2001



l.h. / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486