28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Subversión Económica

Dos fiscales se pronunciaron en favor de investigar a funcionarios del Banco Central, responsables de entidades bancarias, empresas calificadores de riesgo y administradoras de AFJP por presuntas maniobras especulativas con títulos de la deuda.

 
Los fiscales federales Carlos Rivolo y Claudio Navas Rial dictaminaron que se investigue a las autoridades del Banco Central, de las AFJP, entidades bancarias -nacionales y extranjeras- y las calificadoras de riesgo por el presunto delito de subversión económica, en relación con maniobras especulativas que se habrían realizado en torno a los títulos de la deuda externa argentina.

Los fiscales se pronunciaron así a raíz de una presentación efectuada por el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel y el abogado Alberto Pedroncini, en representación de distintos organismos defensores de los derechos humanos.

Rivolo y Navas Rial rechazaron en cambio la pretensión de los denunciantes para que se investigue la comisión del delito de genocidio, delito que según entendían estaba directamente relacionado con las maniobras ya que las mismas repercuten "en forma directa y de manera cada vez más marcada en sectores sometidos a la exclusión social".

Los denunciantes habían puesto de relieve "el daño social que implica la creciente concentración de la riqueza y con ella de poder en el mercado, con la consecuente marginación de sectores cada vez más amplios de la población".

De este modo fueron denunciados el ex presidente del Banco Central Pedro Pou, y otros funcionarios de la entidad crediticia oficial, y los responsables de las entidades bancarias, empresas calificadores de riesgo y administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones, "cuya vinculación se establezca a lo largo de la pesquisa" que tiene a su cargo el juez federal Juan José Galeano.

Los representantes del Ministerio Público entienden que "si se llegara a comprobar la existencia de un plan concertado para vaciar los fondos de las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones y de las entidades financieras, deberá concluirse que la finalidad ha sido defraudar a los aportantes y en ultima instancia, a las arcas del estado".

Asimismo, indican que una maniobra de ese tipo "tendiente a hacer evaporar de los fondos de garantía con que deben contar tanto las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) y los bancos de esta plaza -que son la base tanto del sistema financiero, como del futuro previsional argentino- podría configurar el delito tipificado en el articulo 6 de la ley 20.840".

"En efecto -señalan-, se trata de las supuestas operaciones realizadas por parte de las AFJP y bancos que operan en el país mediante el alquiler de bonos de la deuda argentina -operación presuntamente prohibida- a otros bancos y entidades extranjeras; los cuales -con el fin de beneficiarse económicamente- habrían incitado “corridas” en la valuación de tales bonos vendiendo algunos de ellos por debajo de su valor, con el objeto de comprar dichos títulos de créditos en importantes cantidades y subvaluados".

En tanto, los fiscales advirtieron que adquiere "importancia fundamental que algunas de las empresas que habrían realizado esta maniobra -ubicada temporalmente con posterioridad al canje de deuda realizado por el gobierno nacional, conocido como “Megacanje”,- son las mismas que se encargan de proporcionar índices económicos y financieros respecto de la situación de la deuda argentina", índices de confiabilidad que se conoce como "riesgo país", a inversores de todo el mundo.

También destacaron que "los funcionarios partícipes de dichas maniobras, al mismo tiempo podrían hallarse incursos en el delito previsto en el articulo 248 del Código Penal", que reprime con “prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.”

Entre las diligencias solicitadas Rivolo y Navas Rial reclamaron que se oficie al Ministerio de Economía a fin de que informe sobre "la totalidad de los bonos de deuda argentina que circulaban o circulan en el país durante el corriente año", y la fecha "en que se efectuó la operación conocida como Megacanje".

Además, deberá informarse "si existía algún impedimento legal a la circulación de esos títulos de crédito en operaciones de alquiler de los mismos".

También solicitaron que se oficie al Banco Central para que informe, en su carácter de "organismo que ejerce la superintendencia del sector financiero, los bancos que hubieran alquilado bonos de la deuda argentina a bancos y entidades extranjeras, con su evolución mensual desde enero al presente".

Por último, los fiscales pidieron que la Superintendencia de Administración de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (SAFJP), para que indique las AFJP que hubieran alquilado bonos de la deuda argentina a bancos y entidades extranjeras, con su evolución mensual desde enero.



dju / dju
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