27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

Impulsan el divorcio trasnacional

La Comisión Europea aprobó una propuesta que aboga por permitir la elección de la legislación aplicable y el tribunal competente en los casos de divorcio de parejas de distinta nacionalidad, que llegan a 170 mil por año en todo el continente.

 
La Comisión Europea aprobó este lunes una propuesta que aboga por permitir la elección de la legislación aplicable y el tribunal competente cuando se divorcien parejas de distinta nacionalidad. De esta forma, y por un tiempo limitado, las parejas que estén en un proceso de divorcio podrán decidir a qué ley se acogen y cuál es el tribunal competente para el proceso, lo que puede ser muy útil para los casos que se basan en el consentimiento mutuo, informó la Comisión en un comunicado.

En los casos en los que la pareja no realice esa elección, la propuesta establece una serie de reglas claras que garantizarán que el divorcio se base en una legislación con la cual ambos cónyuges tengan una "estrecha vinculación".

Según la Comisión, el objetivo de esta propuesta es reforzar la seguridad jurídica en este tipo de divorcios, que se elevan a unos 170 mil al año, lo que supone el 16% del total de la UE.

"Estas iniciativas simplificarán la vida de las parejas en la UE", afirmó el comisario europeo de Seguridad, Libertad y Justicia, Franco Frattini. La idea de la Comisión -agregó el comisario- no es armonizar las legislaciones nacionales, que son muy diferentes, sino garantizar una seguridad jurídica y una mayor flexibilidad en el acceso a la Justicia.

La iniciativa, de hecho, forma parte de los esfuerzos de la UE para crear un área judicial común en el ámbito del Derecho de Familia con el objetivo de facilitar la vida diaria de los ciudadanos europeos.

Actualmente, las parejas de distinta nacionalidad tienen severas dificultades para predecir qué legislación nacional aplicará el tribunal competente. Las normas comunitarias describen la jurisdicción y prevén el reconocimiento mutuo de las decisiones al respecto, pero no incluyen ninguna disposición relativa al conflicto de legislaciones.

La falta de seguridad legal es especialmente llamativa en los casos en los que los cónyuges tienen nacionalidades diferentes y no viven en el mismo país. Por ejemplo, una pareja italiano-portuguesa puede pedir el divorcio en Italia, donde se aplicaría la legislación del país en el que los cónyuges se casaron, o en Portugal, donde se aplicarían las leyes del Estado con el que los dos tienen mayor contacto.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486