Evita. Los jueces Enrique Petracchi, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Maqueda, E. Zaffaroni, Ricardo Lorenzetti y Carmen Argibay, integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los autos caratulados “Quartucci, Nilda Argentina c/Duarte, María Eva”, entendieron que el recurso resultaba inadmisible en virtud del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Por su parte Enrique Petracchi agregó que la queja carecía de la requerida fundamentación autónoma.
Vale recordar que Nilda Quartucci, hija del fallecido actor, interpuso el recurso para lograr obtener una prueba de ADN de Eva Duarte que, según los dichos de la actora, sería su madre.
La Cámara ya había rechazado su acción de filiación, ya que la prueba de ADN realizada en cotejo con una hermana de Evita habría resultado negativa, por lo que consideraron que no existía parentesco alguno.
Igualmente, la actora había confiado en la Corte Suprema de Justicia de la Nación la posibilidad de una total verificación del parentesco al exhumar los restos de Evita, ya que una posible inexistencia de parentesco biológico entre las hermana examinada y la líder peronista podría ocultar la verdadera procedencia de la actora.
Cromagnón. Los mismos magistrados que en el fallo anterior –con excepción de Carlos Fayt que no votó-, en los autos caratulados “Righi, Ricardo y otros s/sus presentaciones”, consideraron que las actuaciones presentadas por los padres de Cromagnón no constituyen acción o recurso que habilite competencia ordinaria o extraordinaria del Alto Tribunal, remitiendo las actuaciones al Juzgado de Instrucción Nº 1 y al Consejo de la Magistratura de la Nación.
Los padres de Cromagnón habían presentado el escrito de 56 fojas ante la Corte con el fin de denunciar a la Juez María Angélica Crotto –ante quien tramita la instrucción de la causa de Cromagnón-, y a sus subrogantes Marcelo Lucini y Néstor Costabel –quienes reemplazaron a Crotto cuando esta se encontraba en licencia por enfermedad-.
También fueron objeto de reproche la actuación de los magistrados de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, María Laura Garrigós de Rébori, Gustavo Bruzzone y Rodolfo Pociello Argerich.
Entre las acusaciones se encuentra haber subvertido el procedimiento penal en beneficio de los imputados y en desmedro de las instituciones y la investigación; como así también mal desempeño, negligencia grave, y morosidad en el ejercicio de sus funciones.
Se agraviaron además de la magistrado que tiene a su cargo la instrucción porque no ha citado a prestar declaración indagatoria a Anibal Ibarra.