Esta semana quedó inaugurada en la ciudad de Saladillo la primera defensoría descentralizada de la provincia de Buenos Aires desde la sanción de la Ley 13.274. El acto se realizó en la sede del Concejo Deliberante local y contó con la presencia de la procuradora general María del Carmen Falbo, del intendente Carlos Gorosito y del defensor general platense Omar Ozafrain.
“Había mucha gente. La gente de Saladillo (a 220 km. de La Plata) viene peleando hace mucho por esto porque la lejanía era un factor importante. Una vez por semana tenía que viajar un letrado. Era un gran esfuerzo para nosotros”, contó Ozafrain en diálogo con
Diariojudicial.com.
La nueva dependencia, que será conducida por el Defensor Eduardo Sirille (juró este jueves) y está ubicada en la calle Sojo entre Av. San Martín y Av. Rivadavia, comenzará a funcionar en los próximos días, luego de que se designe al resto del personal. “Hoy empezamos con el proceso de designación del resto del plantel, que llevará unos 20 días”, explicó el defensor general platense.
La inaguración de la defensoría de Saladillo se inscribe dentro de un plan general que ya descentralizó numerosas fiscalías en territorio bonaerense. Según el artículo 11º de la Ley 13.274, la Procuración está autorizada a celebrar convenios con los Municipios donde se radicarán las sedes de los fiscalías y defensorías descentralizadas. Estos últimos, generalmente, se hacen cargo de los espacios físicos para instalar las dependencias, quedando en manos del Ministerio Público lo que respecta a los recursos humanos y materiales.
“El objetivo de la defensoría es brindar asesoramiento en el lugar a las personas imputadas en causas penales”, sostuvo Ozafrain, al tiempo que confirmó la firma del convenio de cooperación respectivo con el intendente de Saladillo, quien -según el defensor general- “ahora va a pedir un juzgado de garantías” para su ciudad.
Desde la Procuración general, a través de un comunicado, aseguraron que las experiencias de descentralizaciones anteriores tienen una serie virtudes: la inmediatez en la concurrencia al lugar de los hechos, el contacto directo con víctimas y vecinos para obtener así testimonios muy valiosos; la celeridad en el pedido; la presencia cotidiana de la justicia en el lugar; y la resolución de numerosos conflictos, evitándose la iniciación de actuaciones.
dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.