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Karina Däppen
26 de Noviembre de 2006
Acerca de la noticia
Curador por anticipado
: si entiendo bien la noticia, esta posibilidad sólo le cabe a personas sin marido, sin padres y sin hijos(en virtud de lo dicho por la Dip. Monayar y los arts. 476 al 478 del cód.), entonces opino que, de aprobarse, debería alcanzar a todas las personas mayores de edad y capaces y que cada uno lo pueda redactar por testamento ológrafo para que más gente tenga la posibilidad de llevarlo a cabo. Pero en realidad no veo en esta figura una solución innovadora, es más no le veo sentido a la reforma, no suma nada y considero que, más allá de la buena intención de nuestros legisladores, nos son más necesarias y urgentes leyes como la del by-pass gástrico, que le salvará la vida a miles de personas, y no la reforma del cód. civil en este punto, pero creo que para enfrentarse a obras sociales y prepagas que no quieren soltar un peso más, hay que tener compromiso con los votantes.Espero no ser ofensiva, es mi opinión de ciudadana compromentida e interesada en mi país.
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.
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