El 11 de marzo de este año se enfrentaban Deportivo Madryn y Almirante Brown, los dos clubes de la ciudad. Rubén, de 16 años, le robó con un arma blanca la remera de Almirante Brown a Guido quien estaba junto a dos amigos. Luego de la denuncia, la casa de Rubén fue allanada y se encontró la camiseta robada.
La defensora del menor pidió la conciliación en virtud de que su defendido está dispuesto a pedir perdón y porque se trató de un hecho donde no hubo violencia física grave. Pero el fiscal se opuso al pedido ya que el robo de una camiseta no es importante pero sí lo es que se haya utilizado un arma blanca y entendió que correspondía aplicar la suspensión del juicio a prueba por un año.
La Cámara rechazó el pedido de la defensora. “El instituto procesal que se intenta tiene vigencia a partir de la puesta en marcha del nuevo Código de Procedimientos, para ser aplicado a asuntos hasta la culminación de la etapa preparatoria. En ese mismo sentido se ha expedido en anterior pronunciamiento uno de los miembros de este Tribunal, que la parte cita. También en el marco de dicha conceptualización, la magistrada tuvo como resorte principal para homologar la petición el acuerdo al que arribaron las partes. Sin embargo, en la presente hubo oposición del Ministerio Fiscal para aplicar el instituto, el que además y tal como lo exige el rito, se encuentra debidamente fundado”, explicó el tribunal.
“Se trata en la especie, como se viene de apuntar, de un hecho sumamente grave, en que la víctima, menor de edad, denunció haber sido despojado de una camiseta de fútbol previo ser intimidado con un arma blanca -navaja- en circunstancias de encontrarse en proximidades de un espectáculo deportivo. Si bien el perjuicio económico ha sido exiguo, no así la conducta que se describe como delictiva en el auto acusatorio de la etapa crítica del proceso”, completó la Cámara y agregó que la negativa también era por la oposición del fiscal. Y la audiencia continuó con la suspensión del juicio a prueba.
En el marco de la probation Rubén señaló que no estudia, pero que le gustaría retomar, y que trabaja como ayudante de albañil del padre de su ex novia. En la audiencia el Presidente del Club Madryn le ofreció al menor insertarse en la instrucción a través de una beca para realizar distintas actividades. La propuesta fue aceptada por todas las partes.
Así, la Cámara suspendió el juicio a prueba a favor del menor por un año (Arts. 76 bis, cuarto parr. y 76 ter. del C.P). Como probation se le aplicó trabajos comunitarios no remunerados en el Club Deportivo Madryn por 40 horas. Las tareas serán de riego y limpieza del predio del estadio de fútbol. Asimismo Rubén deberá retomar los estudios en 2007, tarea que será coordinada por la Asesoría Civil.
También se le impuso fijar residencia de la cual no podrá ausentarse sin autorización del tribunal.
Además, la Cámara dispuso “delinear junto al Presidente del Club Deportivo Madryn actividades deportivas en la Institución, días, horarios y posible beca a acordar, debiendo desde la institución informar en forma mensual acerca del cumplimiento del joven”.
Y “promover desde la Institución charlas orientativas para lograr un desarrollo pleno de los menores en el deporte y su significancia social, a cargo de un profesional de esa entidad”.