20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Néstor A. Cadario

Sr. Ramírez: No estoy en contra de lo que Vd. dice, trate de entenderme; si se trata de la salud física es una amenaza directa, grave, inminente, e insusceptible de evitar por medios conocidos de la medicina (dicho en un plano estrict. Jurídico) En cuanto a la salud mental, integra el concepto integral de salud, pero ni la medicina ni la psiquiatría son cs.exactas, como tampoco el derecho, y me parece difícil que a priori (y sin siquiera citar antecedentes de otros casos en donde hubiera daños psq. ) se insista en esto. Estimo que es muy poco lo que conocemos de los vericuetos de la mente humana como para estar totalmente seguros, a priori, de que el nac. le va a provocar daños insuperables.
Es apresurado, y no podemos prever con certeza y “a priori”, un hipotético daño a la salud psiq. Esa posibilidad debe ser concreta, grave, mensurable e inminente, no suposiciones, como en ellas parecen basarse tanto el fallo y el dictamen de la Sra. Proc, y tampoco consideradas consec. de la indudable crisis emocional que atraviesa la menor. Pero con aquel criterio, ¿Qué pasa si con el tiempo el aborto no termina siendo una carga psicológica mayor por haber permitido matar a su hijo?
Como puede Vd advertirlo, es lo mismo mirado de un lado y del otro, y puestos a elegir, elijamos la vida del nonato. Si hay daños psíquicos, pueden ser mejorados o suprimidos con la terapia del caso.(¿no sería mejor?) Cordialmente. PS: Las abrevs. Son por el límite de caracteres.


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