La resolución la tomó el juez en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, Claudio Bermúdez, en base al artículo 8 de la Ley 10.000 de protección de intereses difusos y acción popular (que puede leerse en el archivo de esta nota junto a la solicitud de la medida cautelar). Esa norma establece: “Recibido el pedido de informe, la autoridad administrativa mantendrá la situación existente en ese momento o, en su caso, suspenderá los efectos del acto impugnado, salvo que la suspensión provoque un daño sustancial a un cometido público o sea susceptible de generar un perjuicio mayor que el derivado de la no suspensión lo que comunicará al Juez de la causa”.
La medida cautelar fue presentada por el Comité de Solidaridad y Justicia de Santa Fe, integrado por ONG de diversos sectores sociales y formado después de las inundaciones de 2003, para proteger a los evacuados que se alojan en escuelas públicas y privadas de la provincia. La cautelar fue presentada el sábado y ese mismo día el juez hizo lugar al pedido.
Desde fines de marzo, una copiosa lluvia inundó varios barrios de la ciudad de Santa Fe provocando la evacuación de entre 35 y 40 mil evacuados. La tragedia también alcanzó a otras ciudades como Rosario y Coronda y localidades de Entre Ríos. Desde mediados de la semana pasada, el agua había comenzado a bajar en varios de los barrios anegados. Pero la situación seguía siendo crítica para los cerca de 11.000 evacuados que hasta la fecha se encuentran en centros de atención.
“La situación es de extrema urgencia puesto que al mismo tiempo que es presentada judicialmente esta acción, comienzan a circular por la ciudad los vehículos conseguidos por las autoridades provinciales cuya misión es lograr la salida de los evacuados/as de los centros que los refugian a como dé lugar. La dureza de la iniciativa oficial no descarta la desinformación y la inducción a equívoco de las personas que deben ser desalojadas, temiéndose también el posible uso de la fuerza. Por eso resulta imprescindible que se provea con absoluta inmediatez esta acción con los efectos contemplados en el art. 8 de la Ley 10.000”, explicaron en la cautelar los abogados Lucila Puyol, Paula Condrac y Guillermo Munné.
La urgencia de la presentación fue en virtud de que el Gobierno provincial pretendía desalojar las escuelas para que se reinicien las clases. El Comité de Solidaridad explicó que la crisis higiénica en las que quedaron las viviendas al bajar el agua las hacen inhabitables.
“Es imposible para ellos tomar una decisión serena e informada dadas las condiciones que los han golpeado y la brutal rapidez con que pretenden operar las autoridades provinciales”, señalaron los abogados respecto a los damnificados y agregaron que por su situación de pobreza “no conoce adecuadamente los derechos que lo amparan para evitar su traslado a lugares perjudiciales y, lo que es indisimulable, carecen del estado anímico y psíquico para ejercer solamente por sí mismas una defensa firme de tales derechos en estas dolorosas circunstancias”.
“Pero no puede pedírseles que en razón de una insostenible normalidad escolar admitan el retiro de sus familias de los lugares donde por unos días han logrado ir conformando un reparo a las inclemencias, acompañados de la solidaridad de docentes, empleados públicos y voluntarios. Insistimos, sin la menor dilación debe proveerse a esta acción conforme a la Ley 10.000, con los efectos previstos por su art. 8, ordenando a las autoridades provinciales competentes que cumplan con las abstenciones y las acciones necesarias que aseguren a las personas evacuadas no verse forzadas a retirarse de sus refugios sin condiciones para una libre e informada decisión y antes de que se le garanticen plenamente condiciones dignas en los lugares de posible destino”, señaló el Comité de Solidaridad.
Por último, los abogados señalaron que el objetivo de la demanda es “defender valores esenciales y trascendentes de la comunidad, tales como la calidad de vida, la salud física y mental, la seguridad pública, el bien común, el medio ambiente en su sentido más amplio”.