22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Chile busca agilizar la vista de las causas

Para eso se presentó un proyecto en la Cámara de Diputados que modifique el Código de Procedimiento Civil. La iniciativa pretende que se de vista primero a las causas con alegatos anunciados y después a las que no lo tienen. El objetivo es que no haya superposición en los expedientes que tramitan los abogados.

 
La demora judicial no es un problema exclusivamente de Argentina, parece que en Chile ocurre lo mismo. Así lo indica un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados por un grupo de legisladores para modificar el Código de Procedimiento Civil con el objetivo de agilizar la vista de las causas en los tribunales.

Si bien el Código fue modificado en varias oportunidades, las reformas no lograron la agilización judicial en la vista de los recursos de las apelaciones que se pretendía, tal como señalan los diputados en los fundamentos de la iniciativa, informó la oficina de prensa de la Cámara.

En concreto, la iniciativa pretende que la vista de las causas comience por aquellas que tengan sus alegatos anunciados y posteriormente se corra a las que no los tengan. De esta manera, se prevé que las audiencias de los abogados no se superpongan y puedan darle prioridad a aquellos juicios donde haya alegatos, lo que sería un beneficio para los justiciables.

El proyecto busca modificar el artículo 222 del Código que limita a los abogados en la atención de las causas ya que no hay una orden de prelación respecto a los expedientes con y sin alegatos anunciados.

Ese artículo establece que “los relatores darán cuenta de los vicios y omisiones que hayan notado en las causas del día a fin de que el tribunal resuelva si ha de llenarse previamente algún trámite”.

“Las causas que se ordenen tramitar, las suspendidas y las que por cualquier motivo no hayan de verse, serán anunciadas en la tabla antes de comenzar la relación de las demás. Asimismo, en esa oportunidad deberán señalarse aquellas causas que no se verán durante la audiencia, por falta de tiempo. La audiencia se prorrogará, si fuere necesario, hasta ver la última de las causas que resten en la tabla”, finaliza el artículo que se pretende modificar.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486