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Jose Luis Villada
09 de Junio de 2007
Totalmente de acuerdo con la opinión del Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires.Solamente agrego en el mismo sentido de la crítica, que me parece absurdo que los Legisladores no sean abogados; porque, precisamente, el Jury debe tener a todos sus Miembros, con la especialidad técnica que solamente tienen los abogados.
Es más, debiera exigirse que los Legisladores abogados, tengan diez años de ejercicio efectivo de la profesión, lapso indispensable para lograr la experiencia que un tribunal de esa jerarquía y los sometidos a ese procedimiento merecen... ".
Les hago saber que estoy jubilado como Juez de la Cámara de Apelación en lo Penal de La Plata y además, desde el 31/12/2006 también como Abogado (con intensa actividad profesional hasta la indicada fecha) que estuviera inscripto en el Colegio de Abogados de La Plata, lo que me brinda la experiencia suficiente para opinar sobre el tema.
Saludo a Uds.muy atentamente,
JOSÉLUIS VILLADA
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.
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