20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Mas vale pájaro en mano

En el contrabando de aves no importa la jurisdicción en la cuál se cometieron los hechos –sobre todo si existen múltiples jurisdicciones. Tampoco tiene relevancia que la Ley de Protección de Fauna 22.421 tenga carácter ordinario, pues en todos los casos corresponde al juez en lo Penal Económico decidir porque la finalidad del plan delictivo era el contrabando. De esta forma la Corte remitió un expediente de dichas características al fuero en cuestión. FALLO COMPLETO

 
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió remitir al fuero en lo Penal Económico, las actuaciones en las que se investiga el contrabando de aves muertas de especies protegidas por la Ley 22.421.

En los autos caratulados ”Viñas, Mauricio Marcelo s/ infr. ley 22.421”, el imputado es sorprendido cuando estaba a punto de abordar un avión para irse del país con unas maletas en las cuales se encontraron restos de aves que se encuentran protegidas por la Ley 22.421.

El magistrado que entendió primero en el caso fue el del Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 3, el cual, luego de disponer la elevación de los autos a juicio bajo el cargo de tentativa de contrabando, remitió las actuaciones al fuero Nacional en lo Criminal y Correccional Federal para que continúe con las investigaciones.

En el fuero en lo Criminal y Correccional Federal advirtieron que la Ley 22.421 no contempla la competencia federal para las cuestiones allí sancionadas, por lo que dispuso la remisión del expediente al Juzgado Nacional en lo Correccional nº 4.

El juez correccional consideró que los hechos habían ocurrido en extraña jurisdicción, ya que la caza de las aves se produjo en Chubut, por lo que envió los autos a la Justicia ordinaria de Comodoro Rivadavia.

El Juzgado de Instrucción nº 2 de Comodoro Rivadavia rechazó la asignación de su fuero para entender en la causa, ya que no habiéndose determinado claramente en qué jurisdicción transcurrieron los hechos en cuestión y estando involucrados varias jurisdicciones, le correspondería al juez Nacional en lo Correccional entender en la causa.

De esta manera se elevó el expediente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a fin de que dispusiera qué juzgado de todos los que intervinieron era competente.

El Procurador Fiscal, Luis González Warcalde, dictaminó a favor de la competencia del Juez en lo Penal Económico, el primero que había entendido, ya que todos los actos cometidos fueron realizados en concurso ideal y con el fin de realizar el contrabando.

Los jueces Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Maqueda, E. Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay, hicieron suyas las palabras del representante del Ministerio Público y remitieron las actuaciones al primer juzgador que había entendido en la causa.



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