20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Confirmaron el procesamiento de un ex represor

La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó el procesamiento de Guillermo Laborda. Contra él se le siguen dos serias imputaciones: co-autoría en el fusilamiento de Perucca y partícipe del secuestro y tortura a Jofré. FALLO COMPLETO

 
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso interpuesto por la defensa de Guillermo Laborda, quien está acusado de la comisión de crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura militar.

Laborda fue procesado en dos causas en el que se investigan delitos cometidos en las dependencias del Tercer Cuerpo del Ejército, con asiento en la ciudad de Córdoba, entre 1976 y 1978.

El acusado fue procesado por ser, a prima facie, coautor del homicidio alevoso por fusilamiento del desaparecido José Carlos Perucca, y partícipe necesario en el secuestro del torturado Mario Ramón Jofré.

Esta decisión fue recurrida por la defensa oficial del imputado, solicitando a la Corte Suprema que revoque la decisión del a quo y que disponga su sobreseimiento.

Las actuaciones, caratuladas ”Bruno Laborda, Guillermo Enrique y otro s/ privación ilegal de la libertad agravada y homicidio agravado etc. -causa N° 6553-.”, fueron remitidas ante el Máximo Tribunal de la Nación, quien procedió a expedirse luego de que el Ministerio Público realizara su dictamen.

Los jueces de la Corte, Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Maqueda, E. Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay, votaron por el rechazo del recurso presentado por el ex – represor.

Para dar fundamento a su decisión explicaron que las razones que el imputado dio para la revocación del procesamiento e impedir que el expediente se eleve a juicio oral, no cumplieron con el requisito esencial de fundamentación autónoma.

En el mismo fallo ordenaron que se lo intime al acusado a presentar copia de la resolución que le otorgó el beneficio de litigar sin gastos, o directamente el depósito del recurso de queja, el cual de ser abonado no podrá ser recuperado por el recurrente.

De esta manera, la Corte Suprema de Justicia de la Nación volvió a convalidar el procesamiento de un imputado de crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura militar, continuando así con la serie de investigaciones que se reabrieron luego de la declaración de nulidad de las leyes de obediencia debida y punto final.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486