“Al margen de no explicitar de manera concreta los motivos de dicho aumento, el aumento del mismo pone en riesgo claramente el principio de acceso a la justicia”, señalan los legisladores en la iniciativa del proyecto. Asimismo destacan que “cuando existe actualmente toda una corriente judicial de garantizar y extender el acceso a la justicia, este tipo de medidas claramente van en un sentido equivocado”.
La iniciativa busca reestablecer los 1.000 pesos que se requerían hasta febrero para presentar ante la Corte un recurso de queja cuando se rechazaba el extraordinario, tal como establece el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. En aquel mes, a través de la acordada 2/2007, el Máximo Tribunal dispuso elevar a 5.000 pesos el depósito para esa presentación. El objetivo de la medida fue atenuar el ingreso de causas para disminuir el cúmulo de trabajo del Tribunal.
El proyecto (que tiene un error material ya que habla del “depósito regulado por el artículo 268 cuando es el 286) también propone quitarle a la Corte Suprema la facultad de establecer aranceles y fijar sus montos y actualizarlos como tiene delegado actualmente por el artículo 8 de la ley 23.853 del Poder Judicial de la Nación.
Ese artículo establece que “la Corte Suprema de Justicia de la Nación tendrá amplias facultades para establecer aranceles y fijar sus montos y actualizaciones; disponer de su patrimonio y determinar el régimen de percepción, administración y contralor de sus recursos y su ejecución, debiendo remitir mensualmente a la Contaduría General de la Nación el movimiento contable que registre”.
Los fundamentos de la iniciativa, presentada por los diputados nacionales del PRO Nora Ginzburg y Luis Galvalisi y del Movimiento Popular Neuquino Alicia Comelli, José Brillo y Hugo Acuña, destacan que “la facultad de establecer aranceles, tasas, contribuciones, entre otras, ha sido otorgada al Congreso de la Nación, de acuerdo a la división de poderes”.
El proyecto señala incluso, que la misma Corte Suprema en el fallo 155:290 dispuso que “entre los principios generales que predominan en el régimen representativo republicano de gobierno, ninguno existe más esencial a su naturaleza y objeto, que la facultad atribuida a los representantes del pueblo para crear contribuciones necesarias a la existencia del Estado”.
Quitarle al Poder Judicial las facultades para establecer sus propios recursos “no implica ir en contra de la independencia judicial, sino únicamente priorizar los intereses superiores de la ciudadanía, de no aumentar la carga tributaria, que de por sí ya es alta en nuestra República”, aclararon los diputados.
De aprobarse la iniciativa, el Congreso volverá sobre sus pasos pues, cuando sancionó la ley 23.853 en octubre de 1990, le otorgó a la Corte Suprema las facultades que ahora un grupo de diputados pretende sacarle.