04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Entre Ríos: suspenden concurso de jueces por posibles irregularidades

Lo decidió el Superior Tribunal de Justicia al hacer lugar a una medida cautelar presentada por un juez. Los ministros entendieron que las pruebas aportadas “revelan la posibilidad de la presunta ilegalidad expuesta” y le ordenó al gobernador que se abstenga de nombrar a los magistrados que hayan sido designados por el Senado en el caso. Los ministros discutieron sobre las decisiones que tienen injerencia en los actos de otros poderes del Estado. TEXTO COMPLETO

 
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos suspendió la designación de jueces para cubrir dos vacantes en la Cámara en lo Civil y Comercial de Paraná porque podría existir una “presunta ilegalidad” en el concurso que realizó el Consejo de la Magistratura..También le ordenó al Gobernador que se abstenga de nombrar a los magistrados en el caso que ya hayan sido aprobados por el Senado.

El STJ tomó la decisión haciendo lugar a una medida cautelar presentada por un juez. El magistrado reclamaba pues consideraba que no estaba debidamente fundado el rechazo del Consejo a una impugnación que presentó contra el acta de calificaciones del jurado del concurso. “El Consejo de la Magistratura actuó con exceso de poder, en violación a los principios de legalidad y debido proceso, con afectación del postulado básico de igualdad entre los concursantes y demostrando clara arbitrariedad”, sostuvo en su presentación ante el STJ el titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 8 de Paraná, Mario Quinteros.

El magistrado, vocal interino de la Sala I de la Cámara, explicó que el Consejo rechazó su impugnación a partir de un asesor externo designado por el organismo y que el gobernador Jorge Busti no resolvió el recurso de apelación jerárquico que presentó.

Los ministros del Máximo Tribunal entrerriano consideraron que los dichos y la prueba que presentó Quinteros “revelan la posibilidad de la presunta ilegalidad expuesta” en el concurso del Consejo. Agregaron que de continuarse el trámite de designaciones se produciría un perjuicio irreparable para el postulante. La medida fue tomada este martes a través de una acordada bajo caución juratoria y sin analizar la cuestión de fondo.

“Disponer la suspensión –en el ámbito del Honorable Senado de la Provincia y del Poder Ejecutivo Provincial- del procedimiento tendiente a la eventual designación de magistrados para cubrir los cargos de Vocales de las Cámaras II y III con competencia en lo Civil y Comercial (de la capital entrerriana) que reconozcan como antecedente el Concurso Nº 25 convocado mediante Resolución Nº 117/06 del 20/02/06 del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos y ordenar al titular del Poder Ejecutivo Provincial abstenerse de producir los nombramientos respectivos”, resolvió el STJ.

Sin embargo no todos los jueces tuvieron la misma postura y se diferenciaron respecto a si la decisión de suspender los nombramientos es o no una injerencia en las facultades del Poder Ejecutivo.

El ministro Bernando Salduna entendió que “pretender impedir al Senado la aprobación de un pliego, o al Gobernador dictar el Decreto de nombramiento, significaría en la práctica una indebida ingerencia del Poder Judicial en una esfera que no es de su competencia ni atribución” y agregó que “a propuesta de un pliego por parte del Ejecutivo al Senado, así como la aprobación o el rechazo del mismo por parte de éste, son actos estrictamente de decisión política, por consecuencia irrevisables en sede judicial”.

Con él coincidió Emilio Castrillón. “Prohibir a otro poder del Estado el ejercicio de sus facultades significa violentar la división de poderes”, falló el magistrado.

Una opinión contraria tuvo su colega Silvia Nazar. La jueza dijo que “en principio, todos los actos y normas están sujetos al control judicial, y que estas pautas no violan el principio de división de poderes”. “Es necesario que el Judicial tenga amplios controles, para que pueda hacer funcionar la `barrera de contención´ de los otros poderes”, concluyó la magistrada.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486