Esas son las exigencias que puso la resolución 25/03 del MERCOSUR y por la cual se permite que todas las profesiones se puedan ejercer en cualquier país del bloque, entre ellas la abogacía.
“La idea es afianzar la integración regional. La única manera que se puede seguir adelante es con una integración y el ejercicio de la profesión. Todo lo que se está trabajando es en aras de esa integración”, le explicó Diariojudicial.com Ricardo De Felipe, secretario del Foro de la Abogacía Organizada Sudamericana (FOAS), quien participa en esta provincia de la XV Conferencia Nacional de Abogados que reúne a cerca de 400 abogados de todo el país para discutir los desafíos de la profesión en el 2010. (Ver Los abogados se ratificaron como parte de la Justicia)
De Felipe participó la semana pasada en la ciudad brasileña de Santa Bárbara de una reunión del Consejo de Colegios y Ordenes de Abogados del MERCOSUR (COADEM) donde se conformaron cinco comisiones de trabajo, una de ellas sobre colegiación legal en el bloque regional, que está integrado por Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay.
Actualmente ningún abogado argentino puede litigar en otro país, al revés de lo que pasa en la Comunidad Europea. “Por ejemplo, si ahora queremos litigar en Brasil sólo podemos asesorar por más que se trate de una empresa argentina”, explica Diana Moralejo, directora del Instituto del MERCOSUR del Colegio de Abogados de Santa Fe e integrante del FAOS
Pero no sólo desde Argentina se apoya la apertura de la abogacía. El brasileño Paulo Lins Silva es el presidente del máximo órgano mundial de la profesión, la Unión Internacional de Abogados, y está de acuerdo con la integración. “Todos los abogados del MERCOSUR pueden tener derecho de ejercer la abogacía en otro país miembro del bloque”, dice.
Pero también pone reparos. Silva considera que eso se puede llevar a la práctica pero si el profesional tiene “a su lado un abogado del país donde es la jurisdicción del litigio”. Y el motivo de esta exepción es una cuestión de conocimientos. “Yo como brasileño no puede venir a Salta y empezar un litigio porque no soy un experto en la legislación de la provincia. En Argentina tienen un Código Civil pero cada provincia tiene su Código de procedimiento. En Brasil tenemos un Código de procedimiento para todo el país”, señala.
El titular de la UIA, con sede en París, explica que ese mecanismo se aplica en Europa: un abogado puede litigar en cualquier país pero debe hacerlo con la compañía de otro par de ese país.
Moralejo también propone restricciones pero más a nivel interno. “Hay que tener un control de la matrícula para saber en que condiciones están los abogados, por ejemplo en cuanto a ética. Si el litigar en otros países es algo masivo, puede perjudicar por lo tanto tiene que haber algún control”, afirma.
Las distintas formas de colegiación que hay en la región es una de las trabas para acelerar los procesos de integración. La resolución del MERCOSUR reclama que haya una institución por país que maneje los abogados colegiados. El único que está en condiciones es Brasil. La Orden de Abogados de Brasil es la entidad que nuclea a todos los matriculados de ese país.
En la Argentina, la FACA nuclea a 79 colegios de abogados pero no maneja la matriculación que está en manos de cada colegio. Por su parte, en Uruguay y Paraguay la colegiación no es obligatoria.
Este tema todavía no se resolvió en Argentina. Hubo una reunión en mayo en Cancillería para empezar a analizar el tema pero esa fue la última ya que desde la sede de la diplomacia no se volvió a convocar a los abogados. De Felipe confía que a fin de año pueda haber novedades.