27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

¿Quién es el jefe?

La Justicia porteña hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires. Fue en el marco del amparo presentado como consecuencia del Decreto de Necesidad y Urgencia firmado por Mauricio Macri que disponía la intervención de la Obra Social de los empleados municipales. La magistrada consideró que no existía “emergencia”. A su vez la Legislatura porteña aprobó la desrregulación y la conversión de OSPBA, por lo que el oficialismo, con el apoyo de la Coalición Cívica, logró, a pesar del revés judicial, el objetivo buscado. FALLO COMPLETO

 
La jueza Elena Liberatori de Haramburu, titular del Juzgado Nº 4 en lo Contencioso y Administrativo porteño, hizo lugar a la medida cautelar solicitada en el marco del amparo presentado por el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA). La solicitud tuvo lugar luego de que el jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, firmara un Decreto de Necesidad y Urgencia que ordenaba la intervención de la obra social de los empleados municipales (ObSBA).

La magistrada le ordenó al Jefe de Gobierno que proceda a la designación de los integrantes de los órganos naturales de la obra social, hasta tanto se resuelva el fondo.

En la resolución, consideró que la ley 472 de la Ciudad le otorga al jefe de Gobierno "sobradas facultades" para avanzar en la desregulación de la obra social y que no había fundamentos que justifiquen “la emergencia” de la intervención, lo que la motivó a frenar la medida.

Asimismo, expresó que "no existe situación de emergencia objetiva" en la prestación de los servicios "que justifique pasar por encima de los mecanismos previstos por la ley".

También agregó que la decisión de aplicar una intervención a la ObSBA "priva a los trabajadores de elegir a sus directores y de participar en la intervención". Sobre esta cuestión, destacó que “el Decreto de Necesidad y Urgencia 01/2008, ha tenido por principal virtualidad jurídica, la de desplazar a los trabajadores de su propia obra social”.

Respecto a la prueba documental presentada por el jefe de gobierno, consideró que de todos modos no se advirtía la necesidad de acudir “a una figura tan excepcional y extrema como es la intervención del ente público no estatal, que se encarga de cubrir a los trabajadores de la Ciudad de Buenos Aires”.

Para la magistrada, hubiese bastado un “Memorandum “dirigido a los integrantes de la entidad, que hubiese evidenciado la situación, con mayor eficacia y juridicidad.

Por último remarcó que “la evidente decisión a favor de la medida cautelar, no debe ser interpretada como un impedimento para el logro de los objetivos a cumplir por el Jefe de Gobierno”.

El conflicto se había suscitado cuando a comienzo del mes, Mauricio Macri, decretó la intervención por seis meses de la obra social de los trabajadores de la ciudad, disponiendo conjuntamente la desregulación de la entidad.

Sectores del Macrismo anunciaron su disconformidad con la resolución, y la posibilidad de iniciarle un juicio político a la jueza de la causa.

No obstante la decisión de la Justicia, el macrismo revirtió la situación a través de la Legislatura porteña. Durante la tarde, el bloque oficialista logró, con el aval de la Coalición Cívica, aprobar "en general", con 33 votos por la afirmativa y 4 por la negativa, el proyecto para desregular y reconvertir la Obra Social de los municipales porteños. El proyecto de autoría de Enrique Olivera, torna abstractos los efectos del amparo que frena la intervención y llega, por otros camino, a los mismos objetivos.



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