Tanto la Policía Federal, la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval Argentina, y la Policía de Seguridad Aeroportuaria deberán cesar en los entrenamientos cuyas “exigencias orgánico-funcionales (cardio-respiratorias) hagan peligrar el estado de salud general. Se refiere a carreras intermitentes, actividades de fuerza-resistencia y circuitos múltiples, entre otras; así como también, actividades corporales (osteo-musculares), entre ellas saltos y flexiones, que involucren riesgo de lesiones tendinosas, ligamentosas y/o musculares”, señala la resolución 109 del Ministerio de Justicia, firmada por su titular, Aníbal Fernández, y que se publicó este viernes en el Boletín Oficial.
La norma dispone que la preparación física de los aspirantes deberán darla profesores de educación física y cada fuerza de seguridad deberá tener en 40 días las currículas y la planificación anual, todas elaboradas por médicos deportólogos.
Otra resolución, la 111, instruye a las fuerzas de seguridad a impedir “cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria —física o moral— que represente un menoscabo al respeto de los derechos humanos”. La violación de esa disposición será considerada falta grave y significará un procedimiento disciplinario contra los responsables.
Ambas medidas fueron tomadas a partir de un hecho puntual que ocurrió en febrero del año pasado cuando 17 aspirantes de la Policía Federal debieron ser internados con lesiones luego de un excesivo entrenamiento físico en días de altas temperaturas. Los responsables del hecho fueron expulsados de la fuerza.
“Que una parte importante de la formación de los aspirantes a ingresar a las fuerzas policiales y de seguridad nacionales es una adecuada preparación física, la que no puede quedar librada a cualquier parámetro”, razona la norma.
La resolución cita un trabajo de la antropóloga Mariana Sirimarco en el que sostiene que “a través del ejercicio físico —muchas veces rayano con el tormento— se prepara al cuerpo del futuro agente para la incorporación de un saber que, en realidad, refiere más a una cuestión de disciplina”.
Las medidas no discuten la preparación física exigente que deben tener los integrantes de las fuerzas de seguridad debido al tipo de trabajo que deben desempeñar, pero eso “no habilita a que se lo tome como tortura o tormento”.
Con citas de los filósofos Max Weber y Michel Foucault, las disposiciones destacan la importancia de la jerarquía dentro de las fuerzas para mantener un orden. “Esta disciplina no debe ser fruto ni del temor ni del agotamiento sino debe estar fundamentada en el respeto y el compromiso con la Institución”, señalan.
“Que en ese marco, las prácticas abusivas, arbitrarias o discriminatorias deben ser consideradas un menoscabo a los derechos humanos, propiciándose, de ese modo, las medidas pertinentes para erradicar todo tipo de violencia física o moral en el entrenamiento de las Fuerzas Policiales de Seguridad. Dicho objetivo se obtendrá con el efectivo ejercicio de la autoridad”, agregan las resoluciones.
Por otra parte, los fundamentos remarcan la importancia de que el entrenamiento físico sea acompañado por el aprendizaje institucional. “Es fundamental que la capacitación física se imparta paralelamente a la capacitación institucional, ya que cuando no hay capacitación institucional, inevitablemente, la capacitación física termina siendo el único argumento. Tarde o temprano, hay `baile`”.