En base a ello la Cámara solicitó a la Corte Suprema de Justicia, mediante la Acordada Nº 7/02, la provisión de los medios necesarios para poner en funcionamiento el mencionado cuerpo, a la vez que requirió al menos quince contadores públicos.
La solicitud fue parcialmente receptada por el Máximo Tribunal mediante Resolución Nº 1778/02, por la que se autorizó la contratación de seis agentes con cargo equivalente al de prosecretario administrativo.
Frente a tal resolución la Cámara sostuvo que el ininterrumpido aumento de agrupaciones políticas reconocidas, “ha elevado considerablemente la cantidad de informes contables que corresponden fiscalizar”.
Asimismo, señalaron que la ley 26.215 ha establecido plazos en los que se debe realizar la auditoría de los estados contables anuales y de los informes de campaña, como así también para la elaboración de los dictámenes respectivos. Sobre esas circunstancias, reclamaron la necesidad de ampliar la cantidad de profesionales de ese ámbito.
No obstante, los miembros de la Sala de Acuerdos de la Cámara Nacional Electoral, reconocieron que si bien anteriormente habían estimado que era necesario efectuar una distribución geográfica del referido cuerpo a su cargo “teniendo en vistas razones de comunicación y cantidad de trabajo y sin perjuicio de lo que en el futuro se disponga en el caso de lograr la ampliación del mismo”, manifestaron al respecto, que la experiencia obtenida a lo largo de este período, les demostró que la incorporación de estos nuevos empleados deberá disponerse exclusivamente con sede en ese tribunal.
Consecuentemente, acordaron llamar a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir cargos contratados de auditores contadores, con jerarquía de prosecretarios administrativos, para integrar el Cuerpo de Auditores Contadores del tribunal.
Determinaron que el 26 de marzo de 2008, a las 14,00 horas, se efectuará el examen en la sede de ese organismo.
Como requisitos para acceder al cargo, establecieron que los interesados deberán poseer título de contador público expedido por universidad nacional o privada debidamente reconocida, no registrar sanciones ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires ni ante el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de la Capital Federal, como tampoco ante los tribunales respectivos donde el postulante hubiera ejercido como perito designado de oficio.
Esta disposición, ya fue anoticiada a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y al Consejo de la Magistratura, entre otros organismos estatales.