“Patitó, José Ángel y otro c/diario La Nación y otros” es la causa que analiza el Máximo Tribunal y que se inició porque dos integrantes del Cuerpo Médico Forense se agraviaron por una nota editorial que publicó el diario el 19 de octubre de 1998 en la que opinaba sobre un expediente penal donde se investigaba irregularidades en las pericias que realizaba el cuerpo y que se habían hecho públicas por las notas del periodista Jorge Urien Berri.
Los doctores José Ángel Patitó y Osvaldo Curci, que falleció, se sintieron heridos en su honor con la editorial en la que hacía referencia a que peritajes habían revelado como “incoherente, temerario, negligente y no confiable -entre otros términos convergentes- el trabajo de los peritos de la Corte”, “el fuerte deterioro moral que conllevan dictámenes falaces o amañados” y “aparece una cierta forma de estructura ilegal en el ámbito forense”.
En la causa penal los médicos fueron sobreseídos luego que el ex juez de instrucción Mariano Bergues los procesara. Y en la causa sobre daños y perjuicios la Cámara Civil condenó al diario a indemnizar a los peritos.
“En una editorial se ejerce el derecho de crítica sobre hechos”, dijo el abogado de La Nación, Gregorio Badeni, de frente a los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Fayt, Eugenio Zaffaroni y Helena Highton de Nolasco que lo escuchaban desde el estrado de la Sala de Audiencias de la Corte en el Palacio de Tribunales.
“La crítica está dirigida a la institución Cuerpo Médico Forense y procura construir, no destruir”, agregó el abogado. Badeni reclamó que se aplique la doctrina de la real malicia, que sólo pena las afirmaciones falsas cuando se sabe fehacientemente que no son verdades. “Si se condena a La Nación, olvidémonos de las investigaciones del caso Skanska, el caso Antonini Wilson”, cerro el letrado en defensa del periodismo de investigación.
Tanto a Badeni como a la abogada de los forenses, María Delia Pereiro, los jueces les formularon preguntas respecto a quien o quienes estaban dirigidas las críticas de la editorial. “Hay que distinguir si hay una crítica institucional, por lo que entramos en el campo de los funcionarios públicos, o si es sobre derechos personalísimos”, le dijo Lorenzetti a Pereiro.
La abogada no se pronunció al respecto, dio algunas respuestas vagas sobre el tema sin pronunciarse sobre la categoría de los empleados. La letrada también fue consultada por Maqueda sobre en qué aspectos los forenses fueron perjudicados cuando la editorial no los nombraba. Tampoco especificó los daños sufridos por sus clientes y se limitó a describir su trayectoria y su reconocimiento en la profesión.
Por su parte, Fayt le preguntó a ambos abogados si los forenses le habían solicitado al diario un derecho a réplica por la editorial. Badeni dijo no saber si el pedido se había efectuado y la abogada de los forenses dijo que no hicieron uso. “No tenían de qué”, retrucó Fayt sobre el final de su pregunta.
La abogada también sostuvo que la discusión respecto a la libertad de prensa, sobre la cual dijo estar “absolutamente de acuerdo”, se había dado durante el juicio civil y que en la instancia de la Corte se estaba ante una situación procesal de cosa juzgada porque La Nación ya pagó la indemnización.
La audiencia la iniciaron los dos representantes de las ONG Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Asociación Civil por los Derechos Civiles (ADC), Damián Loretti y Hernán Gulco, respectivamente, bajo la figura amigos del tribunal que permite a entidades participar de los expedientes judiciales.
Ambos citaron jurisprudencia internacional que dan mayor apertura a las críticas contra funcionarios públicos que por sobre el resto de las personas. Gulco hizo referencia a que la condena civil es sobre un juicio de valor del diario y no de afirmaciones de hechos concretos. “Solo una necesidad social imperiosa” puede justificar una condena civil por parte de un medio de comunicación, expresó Gulco.
Agenda de audiencias
Esta es la primer audiencia del año que realiza la Corte en el marco de la Acordada 30/07 que estableció este sistema para tratar causas de trascendía pública. El cronograma continuará el miércoles próximo sobre las facultades de la AFIP para adoptar medidas cautelares sobre los bienes de los contribuyentes (es la causa “AFIP-Dirección General Impositiva c/ Atahualpa S.R.L.-Ejecución Fiscal”).
Luego habrá otras tres audiencias sobre la protección de la privacidad y los servicios de inteligencia, la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas y los requisitos para el otorgamiento de la ciudadanía argentina.