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María Laura Pissinis
10 de Junio de 2008
No encuentro que una sentencia declaración de inconstitucionalidad de las retencicones pueda ejecutarse. Por ejemplo: un propietario que todavía no hizo contrato (casi todos), contra quien hace la declaración o el amparo o la acción que fuere? Le pagan a precio pizarra Rosario (con retenciones incluídas), entonces, antes de hacer el contrato, contra quien lo hace.Supongamos que obtiene antes una declaración de inconstitucionalidad.Entonces le dice a su arrendatario futuro: a mi me tenés que hacer sin retenciones. Me imagino al arrendatario hacer a futuro una inconstitucionalidad contra una eventual empresa cerealera. A su vez, la eventual empresa cerealera. A su vez, la eventual cerealeare contra una eventual exportadora.Por supuesto, siempre,contra el Estado todos. Se gana contra el Estado, posiblemente. Pero cómo se implementa esto? En serio.Es una duda enorme que tengo.Si alguien me la puede disipar por farvor. Sino estamos ante algo realmente perverso.
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.
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