20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Que la Justicia los ampare

El Defensor del Pueblo de la Nación presentó una acción de amparo contra el PAMI, a fin que dicho organismo garantice a sus afiliados la prestación ininterrumpida de todos sus servicios y que se designe un interventor informante permanente.

 
La acción fue interpuesta por el Ombudsman nacional, Eduardo Mondino, ante el Juzgado en lo civil y comercial federal N° 3, a cargo del Dr. Roberto Torti.

En su reclamo, Mondino argumentó que “a nivel nacional los habitantes de este país "gozan" de una salud enferma por falta de una política sanitaria y de gestión, sumado a la ausencia del Estado como garante responsable de la provisión de los servicios. "La normal prudencia indica que nadie puede privar a una persona de un medicamento o de recibir prestaciones adecuadas para el cuidado de su salud, esgrimiendo argumentos que únicamente tienen que ver con el déficit fiscal por el que atraviesael Estado. Precisamente es el Estado quien debe garantizar antes que nada el derecho a la salud de sus habitantes, pues, de otro modo estaría menoscabando el respeto a la vida, y, si la causa alegada es la baja recaudación impositiva, pues bien, deberá la autoridad responsable preverla reasignación de recursos que garanticen la protección de la salud de la población amparada por el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI)”, se expresa en el escrito.

El Defensor del Pueblo advirtió, además, que el organismo que conduce viene registrando quejas y demandas de los afiliados al PAMI que “no varían substancialmente de un añoa otro o de una gestión a otra, pudiendo afirmarse que se trata de fallas reiteradas, sistemáticas y estructurales. El PAMI en ningún momento, particularmente en estos últimos años, ha sido reconocido por la calidad y eficiencia en la prestación de los servicios a su cargo".

El Ombudsman nacional explicó que "el Estado no puede ni debe abandonar asu suerte a quienes pacientemente esperan que se concrete la protección queles es debida. La eficacia de las autoridades responsables en esta labor, obligadas moral y normativamente a comprometerse con los intereses de los jubilados y pensionados, debe trascender las propias gestiones ".

"En una sociedad civilizada no puede haber "desechables", y debido a la actual falta de prestación del servicio médico-asistencial pareceencuadrar a los afiliados de este Organismo dentro de este cruel calificativo. Ello debe ser evitado por el Tribunal haciendo lugar a la presente acción", señaló Mondino, quien también solicito la designación de un interventor o veedor judicial en el PAMI, para que informe al juzgado.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486