“Es decir, las pruebas –incorporadas legalmente- sea las testimoniales, sea las documentales, consideradas individualmente y en su conjunto, me permiten corroborar que el mérito expresado en la sentencia responde a lo que el recto entendimiento asevera respecto de la causa de la muerte y el estado de abandono”, sostuvieron los magistrados.
R.A.L murió el 17 de agosto de 2006 a los dos meses y 25 días de nacer por un proceso continuo de desnutrición extrema. Nació con 3,350 kg. de peso y murió con 2,718. La muerte se produjo por un paro cardiorrespiratorio producto de la falta de alimentación y el alto grado de deshidratación. Los médicos que lo atendieron en el Hospital San Vicente, donde ya llegó sin vida, destacaron el estado de falta de higiene que presentaba.
El padre, A.L, fue condenado a cuatro años de prisión por el delito de homicidio culposo, y su esposa, S.B.A., fue sentenciada a ocho años por abandono de persona calificado seguido de muerte. La diferenciación de las penas lo marcó el mayor tiempo que la madre estaba con su hijo.
El menor estaba al cuidado exclusivo de la madre que no trabajaba y estaba con él en la casa; mientras que el padre realizaba tareas en el campo todo el día. “El proceder de ésta creó un riesgo para el bien jurídico constituido por la vida de su hijo, el que siendo un bebé no podía valerse por si mismo; la relación causal entre la falta de alimentación e higiene y la muerte aparece incuestionable y fácilmente verificable; así como también es evidente la negligencia del padre”, sostuvieron los magistrados.
Para los ministros en el caso hubo dolo por parte de la madre ya que “tuvo la representación del peligro no sólo por ser apreciable a simple vista sino por la advertencia de peligro que le hizo el médico que días antes atendió al niño, al punto que le recetó vitaminas y leche, no obstante lo cual en los días siguientes en lugar de mejorar el niño empeoró su estado hasta llegar a la muerte”.
“El tener conocimiento de las circunstancias que ponían en peligro la vida del menor, lleva a descartar tajantemente la posibilidad de error alegado por la defensa como causa para excluir el dolo; aunque hubiera existido, no era invencible”, agregaron los jueces.
Por otra parte, los jueces destacaron que la mujer “estaba relacionada con el sistema social, tenía obra social, sus otros hijos estaban vacunados, no desconocía lo que era hacer una consulta médica”.