04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

"Para generar programas de protección del menor, un estado no puede recurrir primero a la privación de la libertad"

Laura MusaAsesora General Tutelar de la Ciudad de Buenos Aires

 
La creciente institucionalización de menores, la vetusta ley 22.278 que dejó la última dictadura militar sobre el régimen penal de minoridad y la falta de un rumbo estatal fijo que permita reestablecer, a través de las instituciones, los derechos vulnerados de los jóvenes, marcan las principales preocupaciones de la Asesoría General Tutelar de la Ciudad, encargada de velar por los intereses de los menores e incapaces.
Así surge de la charla que la asesora Laura Musa le dio a Diario Judicial.com en su despacho. “El Gobierno porteño no tiene un menú de respuestas frente a la vulneración de derechos de los menores, prácticamente, su primera y única respuesta es la posibilidad de alojar a los chicos en hogares”, expresó la ex diputada nacional, que está al frente del Ministerio Público Tutelar desde febrero de 2007.
Además de los cuestionamientos por la falta de políticas estatales para la infancia, Musa insistió en un pedido más que reiterado desde la Ciudad: la transferencia de competencias judiciales, no solo penales, sino también en lo Civil, que permita que los menores alcancen una situación jurídica homogénea. “Varios profesionales del derecho y jueces, tanto de otras provincias como del exterior, no pueden creer cómo un adolescente en una situación de vulneración o que comete una infracción penal, tenga distinta jurisdicción con distintos códigos procesales viviendo en la misma Ciudad”, advierte la funcionaria.
Musa fue diputada nacional por la capital durante 1995 y 1999, y entre 2001 y 2005 en representación del ARI. A fines de 2006 fue propuesta por Jorge Telerman para ocupar el cargo de Asesora General Tutelar. Desde 2003, forma parte de la Fundación sur Argentina.

¿Cuál es la situación jurídica de los menores en la Ciudad de Buenos Aires?

Por la complejidad institucional que está viviendo la Ciudad, porque no se ha transferido la justicia en conjunto, los menores de edad, tanto en materia penal como en civil, tienen dos condiciones jurídicas distintas: por ejemplo, la jurisdicción en Familia sigue siendo de los jueces de Nación y allí intervienen los asesores de menores de Nación con un criterio y prácticas distintas que las que nosotros trabajamos en la Ciudad; y por otra parte, existe el Consejo de derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y las defensorías de niños establecidos por la ley 114, que cumplen con la Ley de Infancia nacional, donde se establece que la competencia no es judicial sino administrativa. Y en el caso de los chicos en conflicto con la ley penal, también pasa lo mismo, porque son pocos los delitos por los que se puede responsabilizar a menores a través de la justicia de la Ciudad, y muchos otros interviene Nación.Es decir, no hay una situación homogénea, y lo peor es que el menor está en la misma Ciudad. Hay chicos con diferente condición jurídica dentro de la misma ciudad y esto es una interpelación clara al pedido de transferencia de todas las competencias.

¿Y cómo influye esa situación en el trabajo diario de la Asesoría?

Nosotros estamos trabajando con muchísimas dificultadas. Varios profesionales del derecho, jueces, tanto de otras provincias como del exterior, no pueden creer cómo un adolescente en una situación de vulneración de alguno de sus derechos (educación, salud, etc) o que comete una infracción penal, tenga distinta jurisdicción con distintos códigos procesales, o sea, que el mismo chico puede estar siendo sometido por distintos procedimientos viviendo en la misma Ciudad.Esto afecta claramente las garantías de defensa en juicio y estas relaciones institucionales tan complejas entre Nación y Ciudad también afectan la condición jurídica de los menores respecto a la ley penal. Porque por ejemplo, uno de los roles de esta asesoría tutelar es controlar los lugares de internación donde haya menores y en la Ciudad hay lugares de internación de menores en conflicto con la ley penal al que tenemos vedado el acceso. Se trata de menores que viven en capital y yo soy responsable de intervenir en todo trámite administrativo o judicial donde haya involucrados menores de edad, y estos institutos están en la Ciudad pero dependen del ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

O sea que en este caso, el conflicto de competencias impide el control de los centros de institucionalización de menores.

Los tratados internacionales de menores privados de la libertad prevén la permanente fiscalización de los lugares de encierro, lo cual debe ser hecho por funcionarios ajenos a quienes administran el lugar, se trata de un control cruzado. Sobre todo porque allí deben imperar estándares básicos de garantías a los derechos humanos, y por lo tanto no debería haber nada que se deba esconder, debería fluir naturalmente la visita de otros organismos y sobre todo el de la asesoría tutelar, que tiene la obligación constitucional de hacerlo. Pero Desarrollo Social a rechazado los pedidos formales que he hecho para poder ingresar. Incluso la Defensora General Stella Maris Martínez dijo que no solo la asesoría, sino cualquier organismo legitimado para atender en estas cuestiones debería ser invitado a recorrer las instalaciones y las condiciones en la que están los chicos allí. Mi pretensión no es discutir la causa por la que cada menor esta institucionalizado, sino las condiciones generales, materiales y jurídicas, en que se desarrolla la institución.

¿Y en la Ciudad cómo funcionan estos hogares de internación?

La ley de infancia indica que para el estado la ultima ratio para resolver problemas asistenciales en un chico es la separación de la familia y su internación, es decir que la institucionalización del menor debe ser el último recurso dentro de un menú políticas publicas que debe tener el estado: primero debe estar el fortalecimiento familiar, becas y ayuda de todo tipo. Y además, en el caso de ser necesaria la internación, ésta debe ser por el menor tiempo posible.En este sentido, las críticas que hago a la Ciudad es que la internación no es la última ratio nunca, el Gobierno porteño no tiene un menú de respuestas frente a la vulneración de derechos de los menores. Prácticamente, su primera y única respuesta es la posibilidad de alojar a los chicos en hogares. Además, tampoco da cuenta de que ello sea en el menor tiempo posible, porque como no tiene otra alternativa también prolonga los plazos. Ni si quiera el gobierno nombra a un abogado para el niño, que es una de las exigencias de la ley que establece que ya no es el asesor de menores el que habla por el menor, sino un abogado particular.

¿Cómo se organizan los hogares?

Estos hogares, que en realidad para mi son instituciones, son en general organismos privados que tienen un convenio con el gobierno. Esto no me parece un problema, lo que si me parece un problema es que el Estado tercerice desresponsabilizándose. La restauración de derechos se debe hacer en un plan de trabajo del cual el GCBA debe ser responsable y hoy en día eso esta a cargo de los hogares. Esa es una responsabilidad indelegable del Estado. Incluso, nosotros tomamos conocimiento que en muchos casos los menores son internados por la propia institución y no por las defensorías.

Pero en realidad, ¿cómo debería ser la institucionalización en la Ciudad?

La institucionalidad en materia de reparación de derechos en la Ciudad es muy moderna y está establecida en dos áreas: el Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que responde a la Legislatura y tiene alto nivel de autonomía: es el encargado de diseñar las políticas para la infancia, y para los casos particulares de chicos en problema interviene a través de defensorías descentralizadas que están en los barrios. Y por otro lado está la Dirección de Niñez, que pertenece a Desarrollo Social y es un órgano administrativo del gobierno, es el que dispone los recursos para la ejecución de las políticas del consejo. Sin embargo, hoy en día el GCBA no está respetando esta división de roles, se están mezclando. El Consejo de Derechos no está contando con el apoyo suficiente del GCBA para que goce de la autonomía que debe tener para ser proactivo y definir las líneas de las políticas públicas para la infancia. Hay un deterioro institucional muy grande que los que trabajamos en los temas de minoridad lo estamos percibiendo muy agudamente por estos días, y para los que tenemos que monitorear estas medidas nos es difícil si se van alterando los roles.

En números, ¿está avanzando la institucionalización de menores?

Sí, hay cada vez más niños institucionalizados, alrededor de unos 1200 actualmente. Lo que pasa es que la Dirección de Niñez tiene muchos programas que son “cáscaras vacías”, porque cuando uno quiere discutir una internación y pedir que se recurra al fortalecimiento de vínculos familiares, o a un apoyo a la familia para que tenga guardería, etcétera, estos programas están desfinanciados o no tienen personal. Por eso vamos a estar presentes en la discusión del prosupuesto y llevar los datos de todas las veces que se nos dijo que no hay recursos para que se lo tenga en cuenta.No se entiende como un estado puede ser tan limitado que para generar programas de protección del menor tenga que recurrir primero a la privación de la libertad, que para cualquier estado debe ser la máxima sanción. No es a través de la justicia ni del sistema penal que se va a resolver la pobreza. Pero también hay que decir que estamos en una sociedad que avala que el cuidado de los más débiles (de los locos y de los niños) sea detrás de los muros, sino habría mas expresiones en contra de esto como las hay en otros colectivos.

En octubre de 2007 la Ciudad puso en marcha el nuevo Código de Procedimiento Penal de Menores, ¿cómo ve esa normativa?

Nosotros trabajamos mucho para tratar de morigerar algunas intervenciones para que quede claro que desde el mismo momento en que el menor es captado por el sistema penal tenga a su disposición una defensa técnico jurídica y para que si queda desvinculado del proceso lo sea completamente, porque en muchos casos cuando un menor es sobreseído la agencia judicial “ya que está” lo institucionaliza para reponerle todos los derechos que recién ahí se dio cuenta que el chico no tenía. Es difícil hacer entender que el menor no puede quedar a disposición de la justicia para ver qué organismo le da la educación que le falta, etc. Es una lastima que el estado lo encuentre en esa situación y que quiera ejercer en ese momento todas las obligaciones que no cumplió antes: hay muchos chicos que siguen presos por razones asistenciales, y eso es una prisión sin causa.Por eso, respecto al código, nosotros hemos trabajado para que queden bien en claras todas las instancias del debido proceso, pero también para que cuando el proceso fue terminado el mismo se termine y que las agencias estatales que quieran intervenir para reestablecer sus derechos lo hagan con el niño en libertad, no aprovechando el momento de tramite del expediente penal.

¿El código respeta las garantías procesales de los menores?

El procedimiento es muy moderno, pero tiene como tope la ley nacional 22.278, que es una herencia de la dictadura militar y que choca con el estado de derecho y cualquier concepción de debido proceso. Es una ley que hay que derogar, y para eso ya hay proyectos en el Congreso que pretenden establecer un régimen penal juvenil con garantías, pero mientras que sigamos con esta vergüenza de ley los códigos de procedimiento local hacen lo que pueden.

¿Por qué se demora esa nueva ley penal juvenil?

Creo que hay gran presión. Antes había proyectos aislados, pero ahora los hay de todos los bloques y dicen que hay voluntad para discutirlos, falta que el bloque de la mayoría le de vía libre a ello. Todos los países de Latinoamérica subscribimos la Convención de los Derechos del Niño y nos comprometimos a reformar la legislación interna, pero argentina tiene esa deuda a pesar de ser uno de los primeros países, en una sobreactuación institucional, en suscribir la convención. Hasta ahora solo reformó la parte Civil.

¿La justicia Contravencional porteña cómo está aplicando el poder punitivo a los menores?

Estamos logrando que la justicia de la Ciudad sea permeable a las nuevas concepciones de la Convención sobre los Derechos del Niño. Aunque parezca que sea algo tan simple esto de cumplir con los tratados internacionales la justicia nacional no lo esta cumpliendo, por eso para nosotros es importante ver que a nivel local se están incorporando principios de debido proceso para los menores y no se están utilizando mecanismos tutelares para amparar prácticas del patronato. Se ordena que las agencias de protección ejerzan ese rol y las judiciales ejerzan el de mantener el debido proceso en las causas, y eso lo veo con agrado.



gastón vara / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486