20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Condenan a un juez por tratar mal a una empleada

La Cámara Civil y Comercial de Dolores condenó a un ex magistrado de ese departamento judicial a indemnizar con casi 14 mil pesos a una empleada de su juzgado. Se probó que realizó varios actos antijurídicos para alejar a la mujer de su cargo. De acuerdo al fallo, “la conducta del demandado hubo de infringir principios de índole ética”. FALLO COMPLETO

 
En autos caratulados "Ramellini Mariel Elizabet c/ Musumano Héctor Abel s/ Daños y perjuicios", la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Dolores condenó un ex juez de ese departamento judicial a indemnizar a una empleada de su juzgado contra la que realizó varios actos “antijurídicos” tendientes a alejar a la mujer de su cargo.

Se trata de Héctor Musumano, que en su momento estuvo a cargo de la investigación del “Caso Cabezas”, y que ahora deberá resarcir a la trabajadora judicial con 12.000 pesos en concepto de daño moral y 1.788 pesos por gastos de tratamiento psicológico.

En el fallo, los camaristas Francisco Hankovits y María Dabadie tuvieron por probado, al igual que el juez de primera instancia, que el ex magistrado cometió varios “hechos antijurídicos” contra la actora y por ello confirmaron los alcances de la condena recurrida.

Entre las acusaciones probadas contra Musumano estuvieron: otorgarle compulsivamente licencias a la actora; solicitar junta médica especializada en la rama de psiquiatría, “lo que implicó diagnosticar anticipadamente por parte del demandado”; enviar notas al Peaje de Samborombón para retirarle a la actora un pase que no existía; solicitar a la Seccional Tribunales de la policía local, verbalmente y mediante oficio, que impidiera la entrada de la accionante al juzgado y realizar declaraciones públicas en periódicos contra la reclamante.

En virtud de esos hechos, el aquo consideró que se configuró un factor subjetivo de atribución, consistente en la intención de dañar. “Debió el demandado por su función prever que la forma en que decidió solucionar el conflicto que enfrentaba en su Juzgado iba a traer consecuencias inmediatas en la persona de la actora”, se sostuvo el la sentencia de grado.

Por su parte, la camarista Dabadie hizo hincapié en que en el caso existe un cuestionamiento de índole ético-moral que trasciende la condena económica.

“No puedo dejar de advertir que la conducta de demandado probada en la causa, hubo de infringir principios de índole ética que han sido recogidos por el “Código Iberoamericano de Etica Judicial” en cuanto refiere en particular a los deberes de cortesía de los magistrados que se deben, entre otros, a los miembros de la oficina judicial”, expresó Dabadie en su voto.

Además, la jueza remarcó que “el juez debe ser consciente de que el ejercicio de la función jurisdiccional supone exigencias que no rigen para el resto de los ciudadanos”.

dju / dju
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