Hace aproximadamente seis meses se dio apertura del proceso contra el cuestionado magistrado, Rafael Tirado. El juez instructor que investiga si el mismo desatendió sus funciones al no ordenar el ingreso en prisión del presunto violador, considera que se le debe imponer una multa de 1.500 euros, al concluir que el titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, no era el encargado directo de las ejecuciones de sentencia, sino de la dirección de esas actuaciones. Indicó asimismo, que "ese retraso estaba justificado en la propia situación del Juzgado, el aumento de las ejecutorias y la caótica designación funcionarial”, añadiendo que existían "más de 600 ejecutorias que habrían de controlarse sin dejar de atender los restantes trámites"
Además, justificó el asunto por la carga de trabajo del Juzgado, que impedía una dedicación extrema, afirmando que “se podrá reprochar al magistrado no hacer las indicaciones oportunas al personal del Juzgado, pero en modo alguno el demorar o desatender el control directo y personal de las ejecutorias”. En base a esto, señaló que los dos presuntos años de inacción del juez, constituían una falta grave de retraso injustificado a la que correspondería una multa pecuniaria, y no una sanción que involucre una afectación al cargo judicial.
También señaló que la suma adecuada era de 1.500 euros, porque consideraba que el retraso en la ejecución de la sentencia “en modo alguno ha de ser imputable a los efectos del funcionamiento del Juzgado, y menos aún, a la actuación del titular cuya dedicación al mismo no se ha puesto en entredicho”, agregando que aunque Tirado era responsable de una infracción grave, no quedaba exenta “la actitud pasiva de otros colaboradores, especialmente la de la secretaria del Juzgado y la del fiscal.”
De esta manera, el magistrado instructor, se opuso a la petición fiscal de que Rafael Tirado sea condenado por una infracción muy grave, cuyo castigo podría ser la suspensión de hasta de 3 años, traslado forzoso o separación de la carrera.
Ahora, la decisión definitiva sobre el asunto, corresponde a la comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial español, que estudiará el caso el próximo 10 de septiembre del presente año, pudiendo optar por la multa propuesta en el informe del juez instructor, o por el castigo mucho más drástico requerido por el fiscal.