20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

La voluntad de rehabilitarse

El Tribunal Oral Criminal Nº 4 (TOC4) de Morón condenó a cinco años de cárcel a una pareja que se dedicaba al comercio de estupefacientes en su domicilio. En el juicio, tanto el hombre como la mujer les pidieron a los jueces que los sometan a un tratamiento contra las adicciones. FALLO COMPLETO

 
Los jueces Rodolfo Castañares, Pedro Rodríguez y Carlos Torti condenaron a la mujer a cinco años de prisión por el delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”, y a cinco años y seis meses de prisión al hombre, ya que a este último también se lo acusó por “tenencia ilegal de armas de fuego de uso civil y tenencia ilegal de arma de guerra”.

Lo que le resultó llamativo a los jueces, fue el pedido de los imputados en pleno juicio para que los obligue a realizar un tratamiento terapéutico por su adicción a las drogas, y así fue como en el veredicto se fijó “para ambos condenados la medida de seguridad curativa imponiéndoles un tratamiento de desintoxicación y rehabilitación por el tiempo que fuere necesario, a cargo del Servicio Penitenciario sobre el que se deberá informar trimestralmente”.

Si bien ambos reconocieron que se dedicaban al comercio de estupefacientes, dijeron “que no lo habían hecho por dinero, que era una suerte de trueque en el cual les daban droga a ellos, de la cual, una parte la vendían y la otra la consumían, porque por el trabajo que realizaban no les alcanzaba el dinero para adquirirla”, según consta en el veredicto.

La pareja fue acusada de vender drogas en su domicilio de la calle Camino de la Rivera 978, del partido bonaerense de Merlo, entre el mes de enero y julio de 2006.

El 13 de julio de ese año, un comando del grupo de asalto GEO allanó el domicilio que alquilaba la pareja, junto con sus dos hijos menores de edad, y se encontró 115 gramos de marihuana y 17 de cocaína; y dos revólveres, los cuales se acreditó que pertenecían al hombre.

Para los jueces la mujer “no estaba vinculada a las armas halladas, porque ni durante el registro domiciliario ni después a lo largo de la causa, se produjeron probanzas tendientes a establecer la relación de la misma con dicho armamento”.

“El mismo, por otra parte, no fue hallado en dependencias de la vivienda o en lugares donde aquella tuviera necesario acceso, porque si bien debe presumirse en el caso que era compartida la habitación de la finca, no todas las cosas estaban en poder de ambos. La experiencia general indica que aún en una misma cohabitación las parejas suelen tener elementos o lugares donde preservan elementos o valores personales y en nuestra cultura es propio de los varones todo lo que se vincule a las armas propiamente dichas”, agregaron los magistrados.

Antes de escuchar el veredicto, el hombre explicó que se siente “como dos personas en una, el que es adicto y el otro que quiere ser padre”, y acto seguido reclamó para seguir un tratamiento contra las drogas.



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