La Sala Segunda revocó el procesamiento de Massera por este hecho debido a que ya fue juzgado en la llamada “causa 13” como se denominó el histórico juicio contra las juntas militares, en lo que se conoce como el “caso 168”, y en virtud de lo cual no puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho.
De ese modo, el tribunal ratificó la existencia de una asociación ilícita de cuya conformación no estaría exento Massera en caso de comprobarse su responsabilidad en el transcurso de la investigación que ahora se ordenó abrir al juez federal Sergio Torres, actualmente a cargo del expediente luego que su colega Claudio Bonadio dictara los procesamientos de varios ex marinos que formaron parte del Grupo de Tareas que actuó en la ESMA.
El tribunal confirmó el procesamiento del ex jefe de Inteligencia de la ESMA Jorge “Tigre” Acosta como organizador de una asociación ilícita, privación ilegal de la libertad agravada por el uso de violencia, extorsión reiterada, falsedad ideológica de documento público, respecto del secuestro y apropiación de los bienes de los empresarios Conrado Gómez., Victorio Cerrutti y Horacio Palma, en los primeros años de la dictadura militar.
En ese sentido, se señaló que bajo su mando “se ordenó la confección de gran cantidad de documentos para lograr el desapoderamiento de los bienes vinculados a estas víctimas”.
Asimismo, también se confirmaron los procesamientos de los marinos Francies Whamond, segundo de Acosta, Jorge Perren (en disidencia votó el camarista Luraschi), Juan Carlos Rolón y Jorge Radice, en tanto se dictó falta de mérito para Aldo Maver, a quien se vincula con el traspaso de una veintena de caballos de carrera pura sangre, propiedad de Gómez, a los familiares de Massera.
Respecto de los hechos investigados, la Cámara sostuvo la existencia de una asociación ilícita, pero en el marco de los llamados crímenes contra la humanidad, al considerarlos como “atentados contra bienes jurídicos individuales fundamentales cometidos como parte de un ataque generalizado sostenido o realizado con la participación o tolerancia del poder político de iure o de facto”.
“La calificación de asociación ilícita es la que mejor describe en nuestro orden jurídico interno la conducta de quienes han realizado de manera deliberada y creciente el ejercicio criminal de la soberanía estatal en la perpetración de sus crímenes”, se sostiene en elfallo.
Sin embargo el punto destacado de la resolución (el XI) abre la posibilidad que todos los militares, incluso aquellos que no aparecen imputados en el expediente actual, sean juzgados por decenas de hechos que de manera sistemática se fueron sucediendo en la ESMA. Al parecer, los prisioneros – que en su mayoría luego eran asesinados—eran obligados a transferir sus bienes muebles e inmuebles mediante la firma de documentos en blanco que, al decir de una fuente de la Cámara, transformaron el centro clandestino en la “Inmobiliaria ESMA”, una trágica pero real ironía.
En ese punto la Cámara advierte sobre la “imperiosa necesidad de que la investigación se profundice” en relación a la “autoría y participación de aquellas otras personas que han sido mencionadas, algunos de los cuales integraban el Grupo de Tareas 3.3.2, al tiempo que otros aparecen como civiles que colaboraban activamente con ellos”.
También ordenó que se determine, en ese marco, “la titularidad y las circunstancias de desapoderamiento de los restantes bienes denunciados”, “sufridos por varias victimas privadas de su libertad”.