01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Faltó al colegio y culpan a los padres

Un tribunal español condenó a un matrimonio al pago de 1800 euros por permitir que su hijo falte al colegio y por dejar de inscribirlo para el próximo ciclo lectivo. En caso de no incumplir con el pago, tendrán penas privativas de la libertad. Casos similares en España y Argentina.

 
Un tribunal español condenó a los padres de un menor a pagar una multa de 900 euros cada uno por el delito de abandono de familia, debido a le permitieron que faltara a clases. El chico tampoco había sido inscripto en el próximo ciclo lectivo. La Justicia también determinó que en caso de que esa cuantía no fuera abonada en su totalidad, los progenitores tendrían que cumplir penas privativas de libertad.

El origen del caso se remonta a marzo de 2004, cuando la escuela secundaria en la que estudiaba el alumno, envió el primer parte de faltas a la Delegación Municipal de Educación, destacándose que el joven, de unos 13 años de edad por aquel entonces, ya contaba con antecedentes de ausentismo escolar en los niveles de primaria. En razón de ello habían citado a los padres, prometiendo la madre que se regularizaría la situación.

No obstante, en noviembre de ese mismo año, se comprobó que el menor continuó faltando a clases, y en marzo de 2005 se determinó que el chico ni siquiera había sido inscripto en el colegio para el próximo período lectivo.

Tras considerar que existía un presunto delito de abandono de familia, el juzgado local remitió el caso al tribunal penal, que dictó la sentencia condenatoria que obligó a los progenitores a pagar una multa de 1.800 euros entre los dos. Esta es la sexta condena dictada contra padres en materia de ausentismo escolar en el último año y medio en la región de Cádiz.

Recientemente se han incrementado las condenas a los padres sobre descuidos en la educación de sus hijos. En el 2007, se condenó a tres meses de cárcel a los padres de tres hijos, por el delito de abandono de familia, generado por ausentismo escolar de los menores, y por promover incluso que la hija mayor no acudiera al colegio para hacerse cargo de su hermano menor. La pena luego fue sustituida por trabajos comunitarios.

Como un caso similar reciente en nuestro país, un juez rosarino ordenó que se retenga una porción del sueldo que percibe una madre, para obligarle a pagar las cuotas del colegio privado al que asisten sus cinco hijos.



dju / dju
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