20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Prisión preventiva para los cinco detenidos por la muerte de Miguel Lecuna

El juez de Instrucción Enrique Velázquez dictó el procesamiento a los cinco detenidos por el homicidio del empresario Miguel Lecuna con prisión preventiva.

 
Fuentes judiciales señalaron hoy que el juez Velázquez procesó por el delito de "homicidio agravado" a los cinco presuntos autores de la muerte de Lecuna, ocurrida el último 2 de noviembre luego de que lo asaltaran en un taxi.

El juez también trabó un embargo sobre los bienes de los imputados de 350 mil pesos en cada uno de los casos. Los procesados son Oscar Segundo Barros, Ernesto Gómez, Walter Omar Jorge, Juan Carlos Smith y Antonio Andrés Arregui.

El próximo paso que les espera a los acusados es el juicio oral, luego de que a mediados de diciembre último fueran detenidos por la policía por una pista seguida por Velázquez. Los imputados fueron involucrados en el hecho como consecuencia del relato de un "testigo protegido", quien había revelado los nombres y la descripción del taxi en el que fue salvajemente atacado Lecuna.

También por las pruebas encontradas en el automóvil, un Renault 19, que tenía en su interior manchas de sangre que, a pesar de que el vehículo había sido lavado, no fueron borradas. A partir de esos datos a los que el juez consideró “firmes” fue el camino por el que se encontró a los sospechosos.

Los hechos ocurrieron cuando Lecuna abordó un taxi en el barrio porteño de Palermo y tres hombres lo hirieron con un arma "filo-cortante con la intención de apoderarse de distintas pertenencias", de acuerdo con los elementos que constan en el expediente.

Luego, la víctima intentó defenderse hasta que una cuarta persona se sumó a la agresión y Lecuna terminó siendo arrojado en la intersección de las calles Sánchez de Bustamante y Gorriti, gravemente herido. El conductor del taxi actuó en complicidad con otro que iba en una camioneta Trafic blanca en donde se hallaban al menos dos personas.

La calificación legal en la que el magistrado encaró el caso está dentro del artículo 165 del Código Penal, "a excepción de Arregui, a quien le correspondería una calificación típica menos grave". Según surgió de los hechos, Arregui no tuvo participación directa en el crimen puesto que era quien alquilaba el taxi a los otros sujetos por 100 pesos, supuestamente para trabajar, y fue procesado como "partícipe".



dju / dju
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