Aunque el planteo de la empresa ante el Máximo Tribunal fue realizado dos meses atrás –momento en que la Corte rechazó una medida cautelar para que no se aplique la ley provincial a pedido de los abogados de Nobleza Piccardo- la noticia de la demanda se conoció ayer por los dichos del fiscal de Estado, Jorge Barraguirre, que se refirió al tema en declaraciones a una radio local.
“Hay un planteo genérico acerca de la incompetencia radical que tiene la provincia para implementar ciertos tipos de políticas públicas, y en segundo lugar el tipo de publicidad que esta regulada por la ley. Como decimos nosotros, no es que se aniquila la publicad, sino cierto tipo de publicidad. La que se llama publicidad directa o que tiene algún tipo de imagen o presenta la acción de fumar”, explicó Barraguirre respecto de la presentación de la tabacalera.
Según Nobleza Piccardo, la norma provincial establece mayores restricciones que la ley nacional. En ese sentido, Barraguirre señaló que “la regulación federal es un piso, un mínimo, por encima del cual las provincias, en todo lo que sea competencia concurrente del Estado Federal y Estado provincial pueden regular con mayor o menor intensidad”.
Y añadió que “la regulación de publicidad en Santa Fe es más restrictiva pero no aniquila la propaganda, tal como sostiene la empresa Nobleza Piccardo”. En declaraciones a la agencia DyN, el fiscal de Estado dijo que “es la primera querella de este tipo en el país y se debe considerar como un caso clave para sentar jurisprudencia”.
La ley provincial 12.432 de Control de Tabaquismo, sancionada en 2006, prohíbe la venta de cigarrillos a menores de 18 años y la exhibición de los paquetes dentro de locales comerciales, así como la publicidad en la vía pública y en los medios de comunicación. Además, no permite fumar en lugares cerrados, sean públicos y privados para preservar el medioambiente y la salud de las personas.
Según un dictamen de la procuradora Laura Monti elevado a la Corte Suprema, la empresa también cuestionó la prohibición en “el auspicio de eventos deportivos y culturales, lo cual viola la ley nacional 23.344 –que establece la obligación de la inscripción “fumar es perjudicial para la salud” en los atados- y su complementaria ley 24.044 que regula, a nivel nacional, la publicidad de cigarrillos”.
“El problema que la ley 24.044 es vieja y más blanda que las leyes provinciales de Santa Fe, Tucumán o Córdoba. En marzo del año que viene vamos a tratar de aprobar una ley acorde con los tratados firmados con la Organización Mundial de la Salud, pero por ahora no existe una ley nacional antitabaco”, explicó al matutino Página/12 Juan Sylvestre Begnis, ex ministro de Salud santafesino y presidente de la Comisión de Acción Social y Salud Pública de la Cámara de Diputados.
El director del Programa Nacional de Control del Tabaco del Ministerio de Salud, Mario Virgolini, aseguró el 31 de mayo pasado -en ocasión del Día Mundial sin Tabaco-, que en Argentina “el tabaquismo es la primera causa evitable de muerte”.