El Poder Ejecutivo autorizó a la titular de la UFI a intervenir como querellante “en los procesos en los que se investigue la comisión de los delitos tipificados por la Ley Nº 25.246 y modificatorias, en aquellos casos que así lo ameriten”, dispone el decreto 2226.
Esa ley creó la UFI como organismo para el análisis, tratamiento y transmisión de información sobre el lavado de activos y la financiación del terrorismo. A su vez, brinda colaboración al Poder Judicial y los Ministerios Públicos sobre la persecución penal de los delitos bajo su órbita.
El decreto también dispuso que en virtud de la especificidad de los delitos “configura una situación excepcional que torna procedente la designación de abogados que actúen en forma específica para el fin propuesto”.
“Que la lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo es una preocupación prioritaria del Estado Nacional, toda vez que dichas conductas delictivas constituyen un serio riesgo, no sólo para la estabilidad de los sistemas democráticos y el desarrollo de sus economías, sino fundamentalmente para la libertad de los ciudadanos”, señala el decreto.
En ese marco agrega que “dicha lucha consiste en buena parte en la adopción de medidas regulatorias que tornen eficaces, en el orden interno, la prevención y represión de estos delitos”.
“Que el Estado Nacional tiene un significativo interés institucional en satisfacer los deberes emergentes de los compromisos internacionales asumidos en la materia”, explica el decreto y puntualiza esos compromisos en la “Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas”, el “Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo” y la “Convención Internacional contra la Delincuencia Organizada Transnacional”.