“De la simple observación de la publicación realizada por “TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A.”, se desprende que, en principio, habría una notoria discordancia entre las obligaciones legales impuestas por las normativas transcriptas y los verdaderos alcances de la promoción publicitada”, señaló el juez.
La publicidad sobre la promoción “DÚO” o “SPEEDY DUO” de Telefónica de Argentina S.A había aparecido el 13 de enero pasado en la revista “Gente”, en el sitio de internet de la empresa y también en afiches callejeros.
Además, sostuvo que “la circunstancia de que las limitaciones o condicionamientos de lo ofrecido, se informen en una letra de tamaño mucho menor a la utilizada para promocionar el producto o servicio, es una práctica que desalienta, dificulta, y en algunos casos, hasta impide a sus destinatarios advertir o comprender los verdaderos alcances de lo promocionado”.
Concretamente, el juez dio cuenta que mientras en la publicidad se ofrece “de manera destacada ´llamadas locales ilimitadas´ en la letra chica dice que esas llamadas son sólo “dentro del horario reducido y sábados y domingos”.
“Si el destaque de la promoción es que las llamadas locales son “ilimitadas” – es decir que carecerían de límites -, las excepciones a esa regla no deberían contrariarla de manera tal que la tornen falaz o engañosa”, consideró Rusconi.
La segunda parte de la publicidad ofrece ´Speedy 3 MB Wi-Fi´ sin hacer saber que “la letra chica establece: “Speedy 1 MB o Speedy 3 MB”. “Tampoco la publicidad especifica cuál es el criterio utilizado para que la promoción incluya 1 o 3 MB de velocidad y, consultada la página de Internet, de igual modo dicha información es inexistente”, dijo el juez en su fallo.
Por ello, el juez afirmó que “repasadas las excepciones y condicionamientos a las que se encontraría sujeta la oferta publicitaria lanzada por Telefónica, ellas son de tan entidad que, en principio, y sin necesidad de analizarlas en profundidad, implican tornar en ilusorios los servicios ofertados”.
Así, ordenó el “cese inmediato” de la difusión de la promoción “DÚO” o “SPEEDY DUO” de Telefónica de Argentina S.A
“La presente medida tendrá efecto hasta tanto se adecue el contenido de la promoción de modo de informar de manera cierta, veraz y suficiente, los alcances, bases y condiciones de la misma o, en su caso”, añadió.