Se trata de una reforma al decreto ley 1285/58 que regula la organización de los tribunales nacionales. El nuevo artículo séptimo de la norma establece que “a partir de este momento deberá transcurrir un período de tres años en el ejercicio del cargo como condición para postularse en concurso para otro tribunal, o para subrogar una vacancia que implique el abandono de la función que se encuentra ejerciendo. Esta disposición no es de aplicación para quienes hayan jurado como jueces subrogantes”.
La ley fue aprobada por unanimidad – la apoyaron los 41 senadores presentes – luego que hubiera obtenido su media sanción en agosto del año pasado en la Cámara de Diputados. La medida regirá para los jueces que asumen desde el momento en que la ley sea publicada en el Boletín Oficial y así entre en vigencia.
“Esto viene a dar solución a un problema que, en la práctica, de alguna manera, resiente el servicio de Justicia: la situación de que muchos jueces, luego de obtener el acuerdo y ser puestos en funciones, inmediatamente dejan vacante el cargo a efectos de presentarse a concursos para juzgados superiores, así como a cámaras o juzgados de otros fueros”, dijo durante la sesión de la cámara el jefe del bloque de la UCR e integrante del Consejo de la Magistratura de la Nación, Ernesto Sanz.
“Es una condición que favorece el servicio de Justicia y reglamenta la situación de los concursos judiciales, para evitar este defasaje que se produce en la práctica”, agregó Sanz.
Su par en el Consejo, el senador del Frente para la Victoria Nicolás Fernández coincidió con la postura de Sanz y agregó que “es un buen paso en procura de procesos legislativos que ayuden a la Justicia para que esté a la altura de lo que demanda la sociedad”.