04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Los jueces no quieren ser el chivo expiatorio por la inseguridad

El Colegio de Magistrados de San Isidro expresó su “enérgico rechazo” al pedido de jury contra los jueces Rafael Sal Lari y Esteban Rossignoli por liberar a personas que luego cometieron homicidios. La entidad sostuvo que “se pretende descargar en el juez la responsabilidad de las condiciones de inseguridad” y se busca el juicio político “por el mero contenido argumental de sus sentencias”.

 
El Colegio de Magistrados y Funcionarios del Departamento Judicial de San Isidro expresó su “enérgico rechazo” a los pedidos de juicio político que el intendente Gustavo Posse presentó contra dos jueces de garantías, defendió las decisiones judiciales que toman los magistrados en materia penal y advirtió sobre el agravamiento de las reincidencias en el delito.

“Se pretende descargar en el juez la responsabilidad de las condiciones de inseguridad, que corresponden a diversas circunstancias que deben ser solucionadas por otros órganos del Estado”, sostuvo la entidad en la carta que la semana pasada le envió al ministro de Justicia de la provincia, Ricardo Casal, al titular del Senado y vicegobernador de la provincia, Alberto Balestrini, al presidente de la Cámara de Diputados, Horacio González, y a la Suprema Corte bonaerense.

La entidad recordó que el 18 de febrero en la inauguración del año judicial, el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, sostuvo que “los jueces no nos ocupamos de la seguridad en las calles ni de las decisiones en el ámbito económico. Para eso está organizado un sistema basado en las decisiones de la mayoría. Si las decisiones no gustan, serán juzgadas en las elecciones y no en los estrados judiciales”.

Se trata del caso de los jueces de Garantías en lo Criminal y Correccional Rafael Sal Lari y Esteban Rossignoli a quienes el intendente Posse los denunció ante la Legislatura bonaerense por mal desempeño y pidió su juicio político. Los magistrados fueron denunciados por haber dispuesto la libertad de personas que luego cometieron homicidios.

“Se pretende enjuiciar a un Magistrado por el mero contenido argumental de sus sentencias, circunstancia que por sí, no configura causal de mal desempeño, sino que habilita tan solo los mecanismos recursivos procesalmente previstos”, manifestó el Colegio.

Para el Colegio eso es “contrario a la independencia del Poder Judicial”. “Se pretende también responsabilizar a Jueces penales por la muerte ocasionada por sujetos que, meses atrás, habían liberado, en un análisis fundado de las normas aplicables, criterio que consideramos errado desde varios aspectos”, sostuvo la entidad.

En el debate por la inseguridad, el Colegio advirtió que “el Juez penal que libera ni conoce el cometido del sujeto una vez materializada la soltura, ni domina el curso de sus actos” y resaltó que no puede anteponerse un “criterio peligrosista” para el encarcelamiento porque está prohibido por la Constitución Nacional y tratado internacionales.

“La libertad durante el proceso es la regla general en el proceso penal”, recordó el Colegio.

La entidad no solo puso el acento en los aspectos procesales del proceso, sino que también hizo referencia a la situación de reincidencia, el estado del servicio penitenciario y la situación social del país.

“Destacamos en particular que los elevados índices de reincidencia que arrojan las estadísticas penitenciarias, debido en gran medida al deficiente sistema de tratamiento dada su emergencia físico funcional, imponen reconocer que de seguir así el estado de cosas, todo magistrado judicial de la Provincia de Buenos Aires se encontrará, con frecuencia cada vez más alarmante, con que un sujeto que ha liberado por alguno de los diversos institutos previstos procesalmente para la instrucción o ejecución penal, habrá recaído en actividad delictiva”, advirtió el Colegio.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486