Diariojudicial.com habló con el principal impulsor del proyecto, quién expresó lo que se busca es “darle al Gobierno y al Poder Judicial la posibilidad que corrijan la falta de voluntad política que existe en ambos lados” ya que en las acusaciones cruzadas los dos tienen un poco de razón”.
De aprobarse el proyecto por ambas cámaras y a la postre convertirse en Ley, el artículo 1 de la Ley 24.390 platearía que “la prisión preventiva no podrá ser superior a dos años, sin que se haya dictado sentencia” y que “cuando la cantidad de los delitos atribuidos al procesado o la evidente complejidad de la causa hayan impedido el dictado de la misma en el plazo indicado, éste podrá prorrogarse por un año más, por resolución fundada, que deberá comunicarse de inmediato al tribunal superior que correspondiere, para su debido contralor”.
Además agrega que “en los casos de imputados por delitos de lesa humanidad y graves violaciones a los derechos humanos cometidos durante la última dictadura cívico militar, desde marzo de 1976 hasta diciembre de 1983, dicho máximo no podrá superar los seis años”.
De esta manera lo que se busca es “proporcionar el marco legal a los jueces que intervienen en el juzgamiento de crímenes de lesa humanidad, para que ellos puedan determinar un plazo máximo de prisión preventiva mayor a los restantes casos”.
Teniendo en cuenta que la complejidad que obra al investigar a “personas que han sido parte del aparato represor del Estado, en su mayoría, de las fuerzas de seguridad y armadas de nuestro país”. Los cuales han logrado un grado de impunidad que los protege de la persecución penal del Estado.
No obstante, el proyecto resalta la “finalidad netamente procesal que esta medida cautelar debe tener y la excepcionalidad con que la misma debe ser dictada”. Haciéndose eco en lo dicho por la CIDH, en tanto que expresa “la obligación estatal de no restringir la libertad del detenido más allá de los límites estrictamente necesarios para asegurar que aquél no impedirá el desarrollo eficiente de las investigaciones ni eludirá el accionar de la justicia”. Es por ello que para García Mendez, “el argumentó central tiene que ver con el hecho de que estos delitos fueron cometidos amparándose en la maquinaria del Estado.
Pues “habiendo montado un plan sistemático de secuestro, tortura y exterminio de treinta mil personas y el robo de aproximadamente quinientos bebes, tienen hoy en día la capacidad para entorpecer la justicia y eludir la aplicación de una pena”, entiéndase la desaparición en democracia de Jorge Julio López.
Ahora bien, en cuanto a las posibilidades concretas de que el proyecto avance en la Cámara el diputado indicó que a diferencia de otros, este es un proyecto “ecuménico” ya en su firma cuenta con el apoyo de diputados de diversos partidos y sin mediar ningún tipo de negociación política “sino que por el valor del proyecto mismo”.