20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Cuidado con las plazas

La Cámara Civil condeno al gobierno de la ciudad de Buenos Aires a pagar más de 50 mil pesos para resarcir a una niña a la que se le cayó una baranda mientras jugaba en la plaza. El Gobierno intentó culpar a sus padres por negligencia pero los magistrados se basaron en el análisis del perito que comprobó el “estado deplorable de las vallas”. FALLO COMPLETO

 
La Cámara Civil en la causa “Fabián, Francisco Javier y otro c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s/ daños y perjuicios”condenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a pagar más de 50 mil pesos como resarcimiento a una menor que sufrió un accidente mientras se encontraba en el Parque Chacabuco.

Los jueces de la sala E, Fernando Racimo, Juan Carlos Dupuis y Mario Pedro Calatayud decidieron confirmar parcialmente lo que se había decidido en primera instancia. En esa instancia la jueza había condenado al Gobierno de la Ciudad a pagar 61.200 pesos apara la menor y mil pesos a cada uno de los padres.

La causa se había iniciado producto de un accidente sucedido en el Parque Chacabuco cuando la menor tenía cuatro años de edad. En ese momento una baranda cayó sobre su cabeza, lo que le causó perdida de conocimiento y veintisiete puntos de sutura.

Por su parte el Gobierno entendía que “la responsabilidad que le ha sido atribuida señalando que las lesiones padecidas por la menor no le son imputables ya que se han debido al descuido y negligencia de sus padres que deben velar por los hechos o acciones de sus hijos”.

Ante esto, los magistrados se basaron en lo expuesto durante la primara instancia ya que los peritos comprobaron el “estado deplorable de las vallas” por lo que la responsabilidad le corresponde al Gobierno y no a los padres, considerando que “en ausencia de fundamentos específicamente referidos a las consideraciones determinantes de la resolución adversa, no hay críticas válidas que atender en la alzada”.

En primera instancia se había decidido fijar “los montos correspondientes a incapacidad sobreviniente ($ 30.000), daño moral ($ 30.000) y tratamiento psicológico ($ 1.200) para la menor y el relativo a gastos asistenciales, de medicamentos y de traslados para los padres por la suma de $ 1.000.”

No obstante, los jueces entendieron que correspondía “disminuir ligeramente el monto correspondiente a la incapacidad sobreviniente toda vez que las repercusiones de la lesión estética se han considerado en la sentencia en este rubro y también en el daño moral generando una doble indemnización por este punto”.

De este modo la Cámara Civil condenó al estado a pagar 51.200 pesos como resarcimiento para la menor involucrada en el accidente y mil pesos para cada uno de los padre, modificando de esta manera parcialmente el fallo al que había arribado el juez en primera instancia.



dju / dju
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