Así, los jueces Juan Carlos Rodríguez Basavilbaso y Juan Fegoli revocaron una medida de la Cámara Federal que había sobreseído al imputado en autos “Luna, Luis Alfredo s/recurso de Casación”.
El episodio tuvo lugar el 11 de marzo de 2008 en la intersección de las Avenidas Castañares y Varela, de la ciudad de Buenos Aires, cuando la Policía encontró entre las ropas del imputado unos 252,29 gramos de marihuana.
“El proceder policial se ajustó a las atribuciones pesquisitivas y prevencionales que le son propias... debido a la actitud del imputado al momento de ver al móvil policial”, dijeron los jueces.
Además, hicieron hincapié en “el estado de sospecha- requerido tanto por la ley orgánica policial como por la procesal- ha sido razonable y previo al procedimiento realizado”.
El voto del camarista Raúl Madueño, tercer integrante de la Sala, fue en disidencia. “No existió al momento de la detención y requisa del incusado el estado de sospecha para que la policía actúe sin la pertinente orden judicial”, señaló.
“No puede considerar que se constituya una actitud sospechosa la de una persona que miraba hacia atrás, caminando de forma presurosa”, añadió Madueño.
A su vez, advirtió que “una aprehensión o requisa ilegal a su inicio no puede quedar validada por su resultado”, aunque al ser el voto minoritario no progresó.