04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

El alojamiento de menores requiere cuidados mayores

La Justicia de Córdoba hizo lugar a un hábeas corpus correctivo y ordenó al Gobierno local a hacer cesar la sobrepoblación y falta de higiene en un centro de admisión de menores. En la resolución, el magistrado recordó que en la provincia está a la “vanguardia en el país” respecto al alojamiento de menores de edad. FALLO COMPLETO

 
El juez de menores José González del Solar hizo lugar a una presentación a favor del Centro de Admisión de Menores Correccional, y ordenó al Gobierno cordobés disponer de medidas ante la sobre población y falta de higiene que presenta el lugar.

En su resolución, el juez ordenó “en forma inmediata” a tomar los recaudos para que el plantel de internos en el centro se ajuste, en lo posible, al número de plazas asignado (40) y jamás supere la cantidad camastros disponibles (61).

“Las instalaciones sanitarias tienen un deterioro importante que ha obligado a medidas de emergencia, tales como los desagotes periódicos que se cumplen, pero que obligan a una solución duradera y en un plazo razonable, para lo cual se ha dado intervención a Dirección de Infraestructura de la Secretaría de Mujer, Niñez, Adolescencia y Familia (MUNAF)”, según precisó el juez.

También instó a que los internos del “sector B” del Centro “dispongan un espacio común para sus comidas que les evite tener que recibirlas en sus respectivas habitaciones”. Además, ordenó que “se mantengan las medidas de saneamiento ambiental para la prevención de enfermedades, y particularmente respecto al mosquito transmisor del dengue”.

A su vez, el magistrado ordenó a la Subsecretaría de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia de la Provincia, de quien depende el Centro, a que “en el término de noventa días” concluya las tareas de reparación de las instalaciones sanitarias.

Todas las medidas ordenadas “bajo apercibimiento de proceder a la evacuación de internos que exijan subsistentes e ilegítimas condiciones de alojamiento que agraven su privación de libertad”.

"Las condiciones que reúne al presente el Centro de Admisión de Menores Correccional no se adecuan enteramente hoy a su destino y exigen urgentes correctivos que restablezcan lo indispensable para una legítima recepción y guarda de personas a quienes se atribuye delitos cometidos en su niñez", consideró el juez.

Si bien el juez de menores reconoció que "la Provincia de Córdoba ha hecho muy importantes avances en cuanto al alojamiento de quienes deben permanecer privados de libertad por supuestos delitos cometidos en la niñez", y así posibilitar que "no haya menores de 18 años en locales policiales ni cárceles de encausados", también sostuvo que "la patética descripción que los accionantes hacen de las condiciones que hoy afectan al centro resulta de recibo y exige prontas medidas que superen las deficiencias advertidas que, de mantenerse, devendrían ilegítimas y consecuentemente inadmisibles".



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486