El actor junto a otros agentes fue denunciado de una tentativa de cohecho –le habrían pedido a un hombre 30 mil pesos por la compra irregular de maquinaria– por lo que se inició una causa penal. El entonces juez de instrucción Marcelo Lucini los sobreseyó.
El oficial fue considerado prescindible para el servicio efectivo por la Junta de Calificaciones de la Policía federal y el Ministerio del Interior dispuso su pase de retiro obligatorio.
“Es verdad que la invocación de la norma beneficiante debería llevar a descartar cualquier imputación contra Gómez, aun de orden administrativo”, señalaron los camaristas sobre los resultados diferentes que arrojó la causa penal que el sumario administrativo.
Los jueces explicaron que sería “evidentemente arbitrario” sancionar a alguien que la justicia sobreseyó, a pesar de la independencia entre las responsabilidades penales de las administrativas. “Nos encontraríamos ante un escándalo que ha de ser superado dando prioridad a lo tenido por cierto por el órgano judicial”, agregaron.
“Sin embargo, este caso presenta una particularidad que ha de llevar a una solución diferente”, advirtieron los magistrados.
Explicaron que “la circunstancia de que el agente haya sido absuelto en la causa penal por aplicación del `beneficio de la duda` no permite afirmar que la licitud de su conducta haya quedado demostrada”. En esa línea, los jueces entendieron que “de la decisión penal se desprende que su absolución no se dispuso por tener los sentenciantes la convicción de su inocencia, sino más bien por no encontrar en autos elementos de juicio para tener por probada la responsabilidad penal que se le atribuyó”.
Los camaristas sostuvieron que “el principio in dubio pro reo no rige en el ámbito disciplinario administrativo, en el que prima lo atinente a la aptitud para la correcta prestación del servicio público, que conviene con el adecuado mantenimiento de la disciplina que exige la necesario existencia de una Administración libre de toda sospecha como garantía de todos los habitantes del país”.
“El hecho por el cual fue procesado y sobreseído por la existencia de duda afecta seriamente a la institución lo que torna razonable la medida segregativa adoptada”, concluyeron los jueces.