La defensa del imputado apeló la decisión y pidió la nulidad del allanamiento realizado por la policía en un galpón propiedad de su cliente, en el que fueron encontrados los elementos robados. Alegaron que aquel se realizó sin la correspondiente autorización judicial previa.
“A juicio de la sala, el ingreso de los policías al galpón donde se encontraba la mercadería que había sido sustraída algunos días atrás, sin una orden escrita emanada por la autoridad competente y sin que se dieran las circunstancias prescriptas por alguno de los incisos del artículo 222 del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires -que le hubiese permitido a los agentes policiales obviar tal recaudo- conlleva a la declaración de nulidad del acta de procedimiento realizada y de todo lo obrado en consecuencia”, explicaron los camaristas Rodolfo Pociello Argerich, María Laura Garrigós de Rébori y Mirta López González.
Según el artículo mencionado, la policía está facultada a realizar allanamientos sin orden judicial únicamente cuando se denunciare que alguna persona ha sido vista mientras se introducía en una casa o local, con indicios manifiestos de cometer un delito, o se introduzca en una casa o local algún imputado de delito a quien se persigue para su aprehensión, o cuando se escuchase voces provenientes de una casa o local advirtieren que allí se está cometiendo un delito o pidieren socorro.
Los jueces aclararon que en el caso, el aviso de los efectivos a la fiscal –cinco horas después del allanamiento – constituye una medida irregular, que avala la nulidad del procedimiento.
“Lo expuesto constituye una serie de irregularidades que aparecen como una violación a las normas procesales y constitucionales que velan por el debido proceso”, consideraron los magistrados.
Por ello declararon nulo el procedimiento, así como de todo lo obrado en consecuencia.