En declaraciones a medios periodísticos, el gerente de ventas de Aerolíneas, Rubén Nobile señaló que la empresa de bandera argentina fue “pionera” pues ninguna otra transportadora aérea afiliada a la Asociación Internacional de Transporte Aéreo –que nuclea a 230 compañías- liberó del pago del segundo asiento a las personas obesas.
Los requisitos para llevar a pasajeros obesos sin abonar el asiento extra son: que avisen a la aerolínea con 48 horas de anticipación de su condición y que envíen por fax un certificado médico autorizando al viaje.
De los 3 millones de pasajeros que ambas compañías transportan por año en sus vuelos de cabotaje, se calcula que el 0,1 por ciento del total (es decir unas 3.000 personas) es obesa.
El presidente del directorio de Aerolíneas y ex intendente de La Playa, Julio Alak, sostuvo que la decisión de la compañía es “antidiscriminatoria” y anticipó que se está estudiando la ampliación de la política del segundo asiento gratis también a los vuelos regionales e internacionales.
La iniciativa fue recibida ayer con entusiasmo por la titular del Inadi, María José Libertino.
En Argentina, se calcula que un 17 por ciento de la población (es decir unas 7 millones de personas) sufren de trastornos de la alimentación. En ese sentido, el 13 de agosto del año pasado, el Senado sancionó, por unanimidad, una ley de obesidad.
La ley, única en el mundo, prevé que “la prevención, el diagnóstico y el tratamiento de la obesidad, la bulimia y la anorexia serán cubiertos por los planes médicos de obras sociales y firmas de medicina prepagas”. Respecto de la bulimia y la anorexia, aunque no hay cifras oficiales, se sabe que la Argentina se ubica segunda en la incidencia mundial de esos trastornos, sólo superada por Japón.
Con esa ley como referencia, la Cámara Civil y Comercial Federal ordenó a una clínica a practicarle un by-pass gástrico a una mujer obesa. Los integrantes de la Sala “I”, Francisco de las Carreras, Martín Farrell y María Susana Najurieta dejaron sin efecto un fallo de primera instancia que había rechazado el pedido de la paciente porque esa operación no estaba incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO) del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires. La justicia de primera instancia había desestimado el pedido porque al no estar, el by pass gástrico incorporado al PMO, no era “exigible jurídicamente”.
La Organización Mundial de la Salud estimó que los costos directos de la obesidad en diferentes países del primer mundo, representan entre el 2 y el 7 por ciento del presupuesto de la salud pública. En Estados Unidos, un estudio de las universidades de Virginia y Harvard, calculó en 99.200 millones de dólares la cifra que invierte el país en el tratamiento de la enfermedad. Por su parte, en Inglaterra, se advirtió que la obesidad provoca la muerte prematura de 9.000 ciudadanos cada año.