20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Multan a juez que se tomó licencia sin autorización

Si te dicen que no, es no

La Comisión de Disciplina y Acusación aprobó un dictamen para sancionar con el 10 por ciento de su sueldo al juez de instrucción Manuel de Campos que viajó a México a dictar un curso cuando la Cámara del Crimen le había negado la licencia. El organismo entendió que cometió “una falta disciplinaria” por violar la acordada de la Corte Suprema que regula el Régimen de Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional.

 
La Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura de la Nación aprobó multar a un juez de instrucción con el 10 por ciento de su sueldo por haberse tomado una licencia para ir dictar un curso en México cuando la Cámara del Crimen se la había negado. La sanción recayó en el titular del juzgado de instrucción Nº 5 de la Capital Federal, Manuel de Campos y ahora debe ser ratificada por el plenario del Consejo.

El magistrado había pedido el 4 de noviembre del año pasado una licencia para compensar los días de la feria de enero del 2007 que no se había tomado pero el presidente de la Cámara de Crimen, Mario Filosof, rechazó el pedido al entender que el juez había tenido una licencia médica del febrero de 2007 hasta agosto del año siguiente “lo que trajo aparejado que el Juzgado de Instrucción Nro. 5 no tuviera la conducción de su titular por un período por demás prolongado”.

Campos insistió en su pedido y solicitó que se expida el pleno de la Cámara del Crimen y la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya que le envió el expediente del caso a su presidente, Ricardo Lorenzetti.

La Cámara del Crimen rechazó el pedido de Campos y le recordó que el artículo tercero del de la acordada 34/77 de la Corte Suprema establece que “no podrá hacerse uso de la licencia solicitada mientras no halla sido acordada ,notificada al interesado y puesta en conocimiento de la autoridad jerárquica respectiva, salvo casos de estricta excepción , como el de enfermedad”.

Por su parte, la Corte dijo que el recurso era imprudente ya que los planteos de licencias son competencia de las Cámaras.

A pesar de la negativa, Campos viajó a México entre el 15 y el 21 de noviembre del año pasado.

“Como pauta agravante no puede omitirse el merituar que la violación al art. 3ro. de la acordada fue claramente deliberada ya que de lo actuado no cabe duda alguna que el magistrado conocía el contenido de la norma, y decidió actuar contra la misma haciendo primar su concurrencia a un congreso ,por sobre su obligación de atenerse a la reglamentación que rige el régimen de licencias apartándose de las funciones que son inherentes a su cargo”, sostuvo la Comisión en su dictamen de la semana pasada al que accedió Diariojudicial.com

La Comisión entendió que Campos cometió “una falta disciplinaria” al violar la acordada de la Corte Suprema que regula el Régimen de Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional.

El magistrado declaró ante la Comisión y sostuvo que hay una animadversión de Filosof con él, que no había motivos par rechazar el pedido de licencia y que realizó el viaje porque creyó que la Corte Suprema iba a dictar una resolución a su favor. Agregó que también tuvo en cuenta que su juzgado estaba en orden y que la jueza María Gabriela Lanz se había comprometido a reemplazarlo.

“Va de suyo que ninguno de los argumentos que formaran parte del descargo del Dr. De Campos permite siquiera poner en duda la comisión del sustrato material constituido en objeto de la imputación; desde que se encuentra plenamente acreditado que el citado Magistrado hizo uso de licencia mientras la misma no había sido acordada; y, lo que es peor, había sido expresamente rechazada”, dijo la Comisión.

El organismo no dictó una sanción más grave porque tuvo en cuenta que Campos “carece de sanciones disciplinarias y que su ausencia no afectó el servicio de administración de justicia”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486