El Máximo Tribunal hizo lugar a una presentación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para dejar sin efecto la medida y señaló que se cumplieron “las diligencias obrantes en las actuaciones, que garantizan la seguridad necesaria requerida para la prestación del servicio”.
“No cambió nada, lo único que se tomaron fueron medidas contra incendio en el edificio”, le dijo a Diariojudicial.com una fuente judicial al sostener que continúa la situación de colapso.
La Cámara había ordenado a fines de marzo a través de la acordada 3 la suspensión de la tramitación de nuevas causas por el “colapso” de los juzgados. Los seis jueces del fuero denunciaron que cada tribunal contaba con un secretario, un empleado y un ordenanza (compartido cada dos juzgados) y que el personal se debía turnar para atender la mesa de entrada para resolver las 50 mil causas que ingresaron desde junio de 2007 a diciembre de 2008.
También se denunció “la estructura mínima edilicia” del edificio de Defensa 135 cuyo estado fue criticado por la Superintendencia de Bomberos de la Policía Federal que pidió que se tomen medidas para garantizar la seguridad.
Fuentes del fuero sostuvieron que en el edificio se pusieron carteles de salida, detectores de humo, un bombero en la puerta, y goma en el piso de la escalera, pero no hubo cambios respecto a la falta de espacio para trabajar y guardar los expedientes acumulados, que es lo que genera la situación de riesgo.
Sí hubo mayor dotación de empleados (ingresaron 13 por disposición de la Corte) pero amplía la falta de espacio y desde los juzgados siguen reclamando que se finalice la obra en el edificio de Paraguay 925, dispuesto para el fuero pero que sigue en reformas.
En su resolución la Corte aclaró que son las cámaras nacionales y federales quienes tienen la superintendencia de los tribunales pero aclaró que corresponde su intervención “ante situaciones de marcada excepcionalidad que afectan en forma insuperable el normal funcionamiento del servicio de justicia”.
“Que la consolidada doctrina de la Corte respecto a las atribuciones con que cuenta en ejercicio de facultades jurisdiccionales o de superintendencia para evitar situaciones individuales o generalizadas de denegación de justicia, evidencia que las medidas adoptadas por la cámara implicaron la suspensión parcial de la aplicación de la ley 25239, lo que demuestra un exceso manifiesto de su competencia”, criticaron los jueces Ricardo Lorenzetti, Helena Highton de Nolasco, Carmen Argibay y Juan Carlos Maqueda.